STSJ Aragón 128/2011, 21 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución128/2011
Fecha21 Febrero 2011

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00128/2011

Rollo número 82/2011

Sentencia número 128/2011

M

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT

En Zaragoza, a veintiuno de febrero de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 82 de 2011 (autos núm. 428/2010), interpuesto por la parte demandante D. Basilio, siendo demandado el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha treinta de noviembre de dos mil diez, sobre prestación por desempleo -cobro indebido-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Basilio contra Servicio Público de Empleo Estatal sobre prestación por desempleo -cobro indebido-, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha treinta de Noviembre de dos mil diez, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Basilio contra el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, debo absolver y absuelvo al citado organismo de todas las pretensiones ejercitadas en su contra en la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1º.- Que D. Basilio, con D.N.I. núm. NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de la empresa MINIEXCAVACIONES CASA NO VA FISTAS S.L., con antigüedad de 13-07-05.

  1. - Que por carta de fecha 26-08-08 la empresa procedió al despido objetivo del actor, con efectos del 26-09-08. Interpuesta demanda de despido por el trabajador, por acta de conciliación judicial celebrada ante el Juzgado de lo Social núm. 3 de esta ciudad (en autos de despido núm. 862/2008), de fecha 23-12-08, se acordó el reconocimiento de la improcedencia por la empresa, extinguiendo la relación laboral el mismo día del acta de conciliación, con abono de una indemnización complementaria. Por Decreto del citado Juzgado de lo Social, de fecha 17-05-10 (ejecución núm. 71/2009) se declaró la insolvencia provisional de la empresa demandada para el pago de la suma de 2.310,00 euros en concepto de principal y 300,00 euros en concepto de costas e intereses.

  2. - Que por resolución del SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, de fecha 11-02-10, se declaró la percepción indebida por el actor de prestaciones por desempleo en la cuantía de 3.658,22 euros, correspondientes al período del 27-09-08 al 30-12- 08, por resultar incompatibles con la percepción de salarios de tramitación. Interpuesta reclamación previa por el actor fue desestimada por resolución del SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL de fecha 25-06-10, si bien se acordó suspender el procedimiento de requerimiento de cantidades indebidas hasta tanto el actor percibiese los salarios de tramitación del FOGASA, al no haberlos percibido de la empresa por declaración de insolvencia de ésta".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al amparo del artículo 191 b) del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril ) pretende la parte recurrente la revisión de los hechos probados de la sentencia de instancia. Solicita, en concreto, la modificación del ordinal 2º para que completar la referencia que efectúa el mismo al acto conciliatorio de 27.12.2008 mediante la transcripción del total contenido de lo conciliado, la cual, respecto de cuanto recoge la sentencia, sólo añade que la indemnización complementaria consistía en el abono de 4.000# que se harían efectivos en tres plazos mensuales a partir del día 31 de dicho mes, y el abono de la cantidad de 310 # correspondientes a una multa de tráfico.

También solicita el motivo que instada la ejecución el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 20 de Diciembre de 2016
    • España
    • 20 Diciembre 2016
    ...(motivo segundo). - Para el primer motivo se aporta como sentencia de contraste la dictada por el sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 21-2-2011 (R. 670/2009 ), que desestima el recurso de suplicación interpuesto por la empresarial y, en consecuencia, confirma la sentenc......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR