STSJ Galicia 1613/2011, 15 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1613/2011
Fecha15 Marzo 2011

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/2211

NIG: 15030 44 4 2009 0005355

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005227 /2010-SGP

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM: 1044/2009 del JDO. DE LO SOCIAL nº: DOS de A Coruña

Recurrente/s: CONSELLERIA DE ECONOMIA E INDUSTRIA

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s: MINISTERIO FISCAL, Marta, Noemi

Abogado/a: JESUS ANGEL VAZQUEZ FORNO

Procurador:

Graduado Social:

ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a quince de Marzo de dos mil once.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 5227/2010, formalizado por la CONSELLERIA DE ECONOMIA E INDUSTRIA, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de A CORUÑA en el procedimiento DEMANDA 1044/2009, seguidos a instancia de Marta, Noemi frente a la CONSELLERIA DE ECONOMIA E INDUSTRIA, y la participación MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Marta y Dª Noemi presentaron demanda contra la CONSELLERIA DE ECONOMIA E INDUSTRIA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha nueve de Agosto de dos mil diez .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- El día 31 de agosto de 2004 Dña. María Milagros y la demandada firman un contrato de consultoría y asistencia, consistente en la elaboración de un estudio sobre la organización, distribución y archivo de los fondos documentales del archivo central de la Delegación Provincial de A Coruña, conforme a las cláusulas administrativas particulares y demás documentos que figuran en- el; expediente y con un plazo de duración hasta el 31 de diciembre de 2004,1 contrato que obra en autos y se da por reproducido./ Para dar cumplimiento a dicho contrato se constituye un equipo de trabajo formado por Dña. María Milagros, y por las ahora actoras, quienes firman un contrato privado entre ellas para forma parte de dicho equipo./ El contrato firmado fue prorrogado en fecha 30 de diciembre de 2004 desde el 1 de enero de 2005 hasta el 30 de abril de 2005./ Durante dicho periodo la demandada abonó a Dña. María Milagros el total del precio del contrato pactado, quien a su vez abonaba mensualmente a las actoras la cantidad mensual de 1.907,50# previo giro de la correspondiente factura./ SEGUNDO.- En fecha 9 de mayo de 2005 Dña. María Milagros y las ahora actoras constituyen una sociedad limitada de nueva empresa denominada MANEIRO BERMUDEZ, Marta NUM000, que posteriormente fue modificado por el nombre de ARQUIVOS SOLUCION S.L. N.E. con el objeto social de "LA ACTIVIDAD DE SERVICIOS EN GENERAL"./ TERCERO .- Por resolución de ` 11 de abril de 2005 se anuncia el concurso para proceder a la contratación de la consultoría y asistencia consistente en la clasificación, preparación de transferencias de fondos documentales al archivo administrativo y/o histórico y la organización del archivo central de la delegación provincial de la Consellería de Innovación e Industria, resultando adjudicataria la empresa constituida por las actoras y Dña. María Milagros, quienes firman un contrato de consultoría y asistencia con la citada Consellería en fecha 29 de julio de 2005 y con una duración de dos años y por un precio de 149.659,48 # IVA incluido. Dicho contrato es prorrogado por dos años más, desde el 30 de julio de 2007 al 29 de julio de 2009, estableciéndose como precio el de 157.142,64 #./ Durante este periodo la empresa constituida por las actoras giraba mensualmente a la Xunta una factura por los servicios prestados, siendo ésta la única fuente de ingresos de dicha sociedad./ CUARTO.- En fecha 4 de agosto de 2009 la demandada notifica a las actoras resolución de fecha 31 de julio de 2009 por la que se señala que el contrato existente entre las partes finalizó el día 29 de julio de 2009 y se las requiere para que entreguen la documentación, devuelvan los medios materiales puesto a su disposición por la Xunta y que se abstengan de volver a acceder a las oficinas. En fecha 4 de agosto de 2009 las actoras hacen entrega a la demandada de las tarjetas de aparcamiento de parking de la Xunta y las llaves de entrada a la puerta interior de los depósitos del archivo de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria, así como de unas estanterías y taquillas./ QUINTO.- Las actoras, ambas en posesión del título universitario de Geografía e Historia y con un posgrado en archivística, desde el año 2004 hasta su cese en el año 2009 han venido desempeñando sus trabajos en las dependencias administrativas de la Delegación Provincial de la Consellería de Innovación Industria sita en el edificio administrativo de Monelos, sin que exista en dicho lugar más personal de la Xunta que realice las tares de archivo. Su jornada de trabajo era de 7:45 a 15:15 horas; las actoras, para la prestación de sus servicios, disponen de ordenador personal así como una base de datos de su propiedad, si bien disponen de acceso a los ordenadores y sistemas informáticos de la Xunta, trabajando con el mismo. El resto del material que utilizaban para la prestación de sus servicios (mesas, sillas, teléfono, correo electrónico, fax, fotocopiadoras, material fungible en general, etc.) se lo proporcionaba la Xunta de Galicia./ SEXTO.- Con anterioridad a que las actoras comenzaran a trabajar en virtud del contrato firmado entre las partes los ordenanzas se ocupan del archivo, si bien limitándose exclusivamente a tareas de almacenamiento.

Cuando las actoras comienzan a trabajar en el archivo realizan los trabajos que se le encomendaban por lo distintos Jefes de Servicio y de Sección, y además de los fijados en los pliegos de la contratación administrativa eran entre otros los siguientes:/ - Recuperación de información y atención a los productores. Hemos elaborado el método de control de los expedientes en el archivo y creado una base de datos de gestión para este trabajo, a petición del...

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