STSJ Cataluña 997/2011, 20 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución997/2011
Fecha20 Septiembre 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Recurso nº 1510/2008

Parte actora: Jon Y OTROS

Parte demandada: AGENCIA TRIBUTARIA DE BARCELONA

SENTENCIA nº 997/2011

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

MAGISTRADOS

D. JOAQUIN BORRELL MESTRE

D. LUIS FERNANDO GOMEZ VIZCARRA

En Barcelona, a veinte de septiembre de dos mil once.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida como figura al margen, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY la siguiente sentencia para la resolución del presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por D. Jon, D. Santiago, DÑA. Berta, D. Luis María, DÑA. Filomena, y DÑA. Mariana, que en su calidad de funcionario asume su propia representación y defensa, contra la Administración demandada AGENCIA TRIBUTARIA DE BARCELONA, actuando en nombre y representación de la misma el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS FERNANDO GOMEZ VIZCARRA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la parte actora, a través de su representación en autos, se interpuso en tiempo y forma legal, recurso contencioso administrativo contra la resolución objeto de recurso dictada por la Administración demandada.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero

Se acordó recibir el presente pleito a prueba, con el resultado que obra en autos.

Cuarto

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron. Quinto.- Se señaló para votación y fallo de este recurso, habiéndose observado y cumplido en este procedimiento las prescripciones legales correspondientes .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el caso presente la cuestión litigosa viene determinada por la pretensión de los recurrentes de que se reconozca el derecho que alegan a percibir la diferencia retributiva correspondiente a los comlementos de destino y específico correspondientes al niver 22 o 18, según se trate del Grupo C o D, en relación con la percibida en atención al nivel atribuido en la RPT al puesto de trabajo que ocupan, con la máxima retroactividad legal, más intereses legales y costas.

Con respecto a dicha pretensión son de tener en cuenta las siguientes consideraciones, a saber: A) Como señala la Abogacía del Estado en su contestación a la demanda, la Ley 30/84, de 2 de agosto, al tratar de las Relaciones de Puestos de Trabajo (en adelante, RPT) no impone que en las mismas se hagan constar las funciones de los distintos puestos, sino que establece los conceptos que deber figurar en ellas, sin alusión alguna a las funciones. En dicha normativa se dispone...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • STSJ Cataluña 316/2015, 24 de Abril de 2015
    • España
    • 24 Abril 2015
    ...recurrente pueda acreditar una absoluta identidad de contenido de los puestos que aporten un término de comparación ( STSJ de Cataluña nº 997, de 20 de septiembre de 2011 ). Destaca el nuevo contexto de organización de la carrera administrativa en el ámbito de la AEAT, con mención del Acuer......
  • STSJ Cataluña 339/2015, 30 de Abril de 2015
    • España
    • 30 Abril 2015
    ...recurrente pueda acreditar una absoluta identidad de contenido de los puestos que aporten un término de comparación ( STSJ de Cataluña nº 997, de 20 de septiembre de 2011 ). Destaca el nuevo contexto de organización de la carrera administrativa en el ámbito de la AEAT, con mención del Acuer......
  • STSJ Cataluña 317/2015, 24 de Abril de 2015
    • España
    • 24 Abril 2015
    ...recurrente pueda acreditar una absoluta identidad de contenido de los puestos que aporten un término de comparación ( STSJ de Cataluña nº 997, de 20 de septiembre de 2011 ). Destaca el nuevo contexto de organización de la carrera administrativa en el ámbito de la AEAT, con mención del Acuer......
  • STSJ Cataluña 318/2015, 24 de Abril de 2015
    • España
    • 24 Abril 2015
    ...recurrente pueda acreditar una absoluta identidad de contenido de los puestos que aporten un término de comparación ( STSJ de Cataluña nº 997, de 20 de septiembre de 2011 ). + Destaca el nuevo contexto de organización de la carrera administrativa en el ámbito de la AEAT, con mención del Acu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR