AAP Madrid 203/2011, 21 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 203/2011 |
Fecha | 21 Noviembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
AUTO: 00203/2011
Fecha: veintiuno de noviembre de dos mil once
Rollo: RECURSO DE APELACION 130 /2011
Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
Apelantes y demandados: D. Armando y AUTO TAXI MONTOYA S.L.
PROCURADOR: NICOLÁS ÁLVAREZ REAL
Apelado y demandante : MADRID LEASING CORPORATION, S.A.
PROCURADOR: Mª ENCARNACIÓN ALONSO LEÓN
Autos: MEDIDAS CAUTELARES COETANEAS 1056 /2010
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº.64 de MADRID
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ
D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
En MADRID, a veintiuno de noviembre de dos mil once .
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los autos de MEDIDAS CAUTELARES COETANEAS 1056 /2010, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 64 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 130 /2011, en los que aparece como parte apelante
D. Armando AUTO TAXI MONTOYA S.L. representado por el procurador D. NICOLAS ALVAREZ REAL,y NICOLAS ALVAREZ REAL, y como apelado MADRID LEASING CORPORATION, S.A. representado por el procurador D. MARIA ENCARNACION ALONSO LEON, sobre medidas cautelares, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D.JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ .
Que los autos originales núm. 1056/10 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 64 de Madrid fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MARIANO ZABALA ALONSO Magistrado/a-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 64 de MADRID se dictó auto con fecha 21 de octubre de 2010 cuya PARTE DISPOSITIVA es del tenor literal siguiente: " Resuelvo haber lugar a la adopción de las medidas cautelares solicitadas por la Procuradora Dña. Encarnación Alonso León, en representación de la entidad Madrid leasing corporación EFC, S.A., previa constitución de aval por importe de 6.000 euros, sin imposición de las costas
de este Incidente a ninguna de las partes."
Que contra el referido auto se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada, el Procurador Sr. D. NICOLÁS ALVAREZ REAL, dándole traslado del mismo a la parte demandante quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 17 de noviembre del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
D. Armando y la mercantil Autotaxi Montoya S.L. alega infracción de los arts 459 LEC y 24 CE determinantes de la nulidad de actuaciones en la vista convocada para la adopción de medidas cautelares solicitadas de contrario. Opuesta con carácter previo la inadmisibilidad del recurso por la apelada y de la lectura del escrito de 17 Diciembre 2010 se infiere con claridad que se está promoviendo la nulidad de actuaciones antes indicada aunque la redacción no señala formalmente las particularidades del art. 457 LEC y así se alude a la repetida nulidad en el cuerpo de dicho escrito trasladando el mismo efecto a las medidas según el SUPLICO, manifestaciones, ambas, reiteradas en el escrito de interposición. Planteado, pues, el recurso en los precedentes términos, la controversia queda establecida sobre la celebración de la vista de 21 Octubre 2010 a la que habían sido citadas las partes, siendo la hora para la...
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