AAP Santa Cruz de Tenerife 79/2008, 9 de Abril de 2008
Ponente | MARIA LUISA SANTOS SANCHEZ |
ECLI | ES:APTF:2008:1495A |
Número de Recurso | 187/2008 |
Procedimiento | CUESTIóN DE COMPETENCIA |
Número de Resolución | 79/2008 |
Fecha de Resolución | 9 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª |
AUTO NÚM. 79/2008
Iltmos. Sres.
Presidente:
Dª. Pilar Muriel Fernández Pacheco
Magistrados:
Dª. Carmen Padilla Márquez
Dª. María Luisa Santos Sánchez (Ponente)
En Santa Cruz de Tenerife, a nueve de abril de dos mil ocho .
Con fecha 24 de enero de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Arona se dictó Auto cuya parte dispositiva contiene los siguientes pronunciamientos "1.- Se declara la incompetencia territorial de este Juzgado de la demanda presentada por el Procurador D./Dña. Buenaventura Alfonso González, en nombre y representación de D./Dña. Inverser Abona SL, frente a
D./Dña. Gerardo, sobre resolución de contrato.
-
- Se considera territorialmente competente al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción que corresponda por el turno de reparto a los de Granadilla de Abona.
Remítase al Juzgado Decano de la circunscripción declarado competente las actuaciones, interesando acuse de recibo.
-
- Hágase saber a la parte actora que si desea la prosecución del proceso, debe comparecer en el Juzgado declarado competente.
La comparecencia debe efectuarla por medio de Procurador con asistencia de Abogado, ambos habilitados para actuar en dicho territorio".
Con fecha 14 de febrero del año en curso por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Granadilla de Abona se dictó Auto en cuya parte dispositiva "1. Se declara la incompetencia territorial de este Juzgado para conocer del presente procedimiento.
-
Remítanse todos los antecedentes a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife para la resolución de este conflicto negativo de competencia territorial.
-
- Notifíquese este auto a la parte demandante".
Recibidos los autos en esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. María Luisa Santos Sánchez, señalándose para votación y fallo, el día siete de abril del corriente año.
En la tramitación del presente conflicto se han observado las prescripciones legales que le rigen.
La revisión de lo actuado pone de manifiesto la procedencia de confirmar la resolución apelada. Así, la parte actora interpuso la demanda sobre resolución de contrato, reclamación de cantidad y otros particulares, origen del presente conflicto, ante los...
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