STSJ Aragón 471/2010, 13 de Septiembre de 2010

PonenteEUGENIO ANGEL ESTERAS IGUACEL
ECLIES:TSJAR:2010:1714
Número de Recurso61/2007
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución471/2010
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00471/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, Sección 2ª.

-Rollo de apelación nº 61 del año 2007- SENTENCIA N° 471 DE 2010

Ilmos. Srs.:

Presidente

D. Jaime Servera Garcías.

Magistrados

D. Eugenio Angel Esteras Iguacel.

D. Fernando García Mata.

En Zaragoza, a trece de septiembre dos mil diez.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON, Sección Segunda, el recurso de apelación nº 61/07, interpuesto por la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, representada y defendida por el Letrado de su Servicio Jurídico, contra la sentencia 256/2006, de 24 de noviembre, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº Cuatro de Zaragoza, Procedimiento Abreviado nº 328/06, en el que es parte apelada el Sindicato CSI-CSIF, representado por la Procuradora Dña. Elisa Borobia Lorente, y defendido por el Letrado D. Antonio Estecha Serrano, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Eugenio Angel Esteras Iguacel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 24/11/2006, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº Cuatro de Zaragoza dictó sentencia con el siguiente fallo: «Estimar el recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Abreviado nº 328/2006-BC, promovido por CSI-CSIF, con la representación y defensa antes mencionada contra la resolución a la que se ha hecho referencia en los hechos de la presente resolución, y en su consecuencia:

Primero

Declarar no conforme y ajustada a Derecho la actuación administrativo recurrida, anulándola parcialmente en la exclusión que se efectúa de la especialidad de Veterinarios de Administración Sanitaria, en relación a los puestos de trabajo definidos en la Relación de Puestos, con los números: 2081, 2646, 5348, 16234, 16235 y 18445.

Segundo

No efectuar una expresa imposición de las costas causadas.»

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la Administración demandada se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y dado traslado a la parte adversa presentó escrito de oposición, igualmente en tiempo y forma, siendo posteriormente remitidas las actuaciones, con emplazamiento de las partes a esta Sala.

TERCERO

Turnado a esta Sección 2ª el recurso, formado el correspondiente rollo y comparecidas ambas partes, se admitió a trámite el recurso, señalándose para votación y fallo del mismo el día 4 de Junio de 2010.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se interpone por la Diputación General de Aragón contra la Sentencia de 24 de noviembre de 2006 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Cuatro de Zaragoza estimatoria de la demanda formulada por el Sindicato CSI-CSIF, contra la resolución de 7 de noviembre de 2005, de la Viceconsejero de Economía, Hacienda y Empleo, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra resolución de 9 de marzo de2005, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca Concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados, vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y contra la resolución de 30 de marzo de 2005, de la Dirección General de la Función Pública por la que se modifica parcialmente la de 9 de marzo de 2005.

La sentencia declara no conforme y ajustada a Derecho la actuación administrativa recurrida, anulándolas en la exclusión que se efectúa de la especialidad de Veterinaria de Administración Sanitaria, en relación con los puestos de trabajo definidos en la Relación de Puestos, con los números 2081, 2646, 5348, 16234, 16235 y 18445, acordando, asimismo, el planteamiento de la correspondiente cuestión de ilegalidad una vez firme la sentencia.

SEGUNDO

En su recurso de apelación, se alega por la DGA que los puestos 16234 y 16235, ambos de Asesor Técnico, fueron excluidos de la convocatoria por resolución de 3 de junio de 2005 de la...

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