ATSJ Andalucía 18/2009, 19 de Junio de 2009

PonenteMIGUEL PASQUAU LIAÑO
ECLIES:TSJAND:2009:122A
Número de Recurso15/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución18/2009
Fecha de Resolución19 de Junio de 2009
EmisorSala de lo Civil y Penal

A U T O NÚM. 18

PRESIDENTE DE LA SALA

EXCMO. SR. D. AUGUSTO MÉNDEZ DE LUGO Y LÓPEZ DE AYALA

MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.

  1. JERÓNIMO GARVÍN OJEDA

  2. MIGUEL PASQUAU LIAÑO

    Granada, diecinueve de junio de dos mil nueve.

  3. competencia civil núm. 15/2009

    Ponente: D. MIGUEL PASQUAU LIAÑO

    Dada cuenta. Por devueltas las actuaciones por el Ministerio Fiscal, con el correspondiente informe, que se unirá a

    aquellas.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Turnada al Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Huelva la demanda de modificación de medidas paterno- filiales y económicas interpuesta por el Procurador Sr. Rofa Fernández en representación de Doña Valentina, contra Don Valeriano, por auto de 28 de octubre de 2008 se incoaron los autos civiles de modificación de medidas nº 1574/2008 y se admitió a trámite la demanda. Tramitado el procedimiento conforme a las previsiones legales, se dictó auto de 28 de noviembre de 2008 pronunciándose sobre las medidas provisionales que también se solicitaron, y se procedió por el demandado a la contestación de la demanda, dictándose con fecha 18 de diciembre de 2008 providencia convocando para celebración de vista oral para el día 4 de febrero de 2009.

Por escrito de 17 de diciembre de 2008, la representación de la demandante informó al Juzgado de la existencia de diligencias previas abiertas en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4 de Sevilla, por lo que por el Juzgado nº 3 de Huelva se dictó auto de 7 de enero de 2009 declarando su falta de competencia objetiva e inhibiéndose a favor del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, y acordando la suspensión de la vista señalada para el día 4 de febrero de 2009.

Segundo

Recibidas las actuaciones por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4 de Sevilla, se incoó el procedimiento de modificación de medidas nº 49/2009 y se dictó auto de 30 de marzo de 2009 rechazándose la inhibición acordada a su favor por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Huelva y acordando remitir las actuaciones a esta Sala para la decisión de la cuestión de competencia.

Tercero

Recibidas las actuaciones en esta Sala se incoaron las presentes por providencia de 3 de junio de 2009, designándose como Ponente al Iltmo Sr. Magistrado Don MIGUEL PASQUAU LIAÑO, y acordando oír al Ministerio Fiscal, por quien se informó que estimaba que el competente es el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Huelva.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero

El artículo 49 bis de la Ley de Enjuiciamiento...

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