AAP Barcelona 31/2010, 2 de Marzo de 2010
Ponente | AGUSTIN FERRER BARRIENDOS |
ECLI | ES:APB:2010:1636A |
Número de Recurso | 703/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 31/2010 |
Fecha de Resolución | 2 de Marzo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION DECIMOSEXTA
ROLLO Nº. 703/2009-A
EJECUCIÓN TÍTULOS NO JUDICIALES Núm. 414/2009
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 8 BARCELONA
A U T O NUM. 31/2010
Ilmos. Sres.
AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS
JORDI SEGUÍ PUNTAS
JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a dos de marzo de dos mil diez.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciseis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Ejecución de títulos no judiciales, número 414/2009 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 8 Barcelona, a instancias de BANCO PASTOR, S.A., representada en esta alzada por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Badía Martínez, contra Juan Antonio y Clemente, representados por la Procuradora de los Tribunales Doña Carlota Pascuet Soler, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Juan Antonio y Clemente, contra el Auto dictado en los mismos el día veinticinco de mayo de dos mil nueve por la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva del Auto apelado es del tenor literal siguiente: "DECIDO: Que desestimando la oposición formulada por DON Juan Antonio Y DON Clemente, DEBO ACORDAR Y ACUEREDO continuar la ejecución despachada a instancias de BANCO PASTOR S.A., por la cantidad de
54.574,80 euros de principal e intereses devengados a 8 de enero de 2009, más 16.372,44 euros presupuestados para costas e intereses, sin perjuicio de su ulterior liquidación.
Se imponen a los ejecutados las costas derivadas de la oposición.".
Contra el anterior Auto se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada Juan Antonio y Clemente mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma mediante su escrito motivado. Elevados los autos a esta Superioridad, se procedió a dar el trámite correspondiente señalándose para votación y fallo el día 11 de febrero de 2010.
Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS.
Mediante póliza intervenida de fecha 28 de enero de 2008, la sociedad "Instalaciones Telemáticas y datos SL" como deudora principal y los codemandados como fiadores solidarios, suscribieron la póliza de liquidación y responsabilidad de operaciones mercantiles habidas con el banco ejecutante hasta un máximo de 60.000 euros.
La sociedad citada fue declarada en concurso voluntario en 7 de octubre del propio año por el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona.
Por medio de la demanda de ejecución objeto del presente recurso, el banco reclama el importe de
54.574 euros como principal más una cantidad prudencial para intereses y costas. El Juzgado despachó ejecución y los demandados formulan oposición alegando nulidad del despacho de ejecución y, subsidiariamente, pluspetición respecto de los intereses devengados desde la fecha de declaración de concurso del deudor principal.
El Juzgado desestima la oposición y contra dicha resolución recurren los ejecutados solicitando la nulidad de lo ejecutado o,...
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