STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Septiembre de 2005
Ponente | JOSE FLORS MATIES |
ECLI | ES:TSJCV:2005:5813 |
Número de Recurso | 2742/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
3 R.C.Auto nº 2.742/05 Recurso contra Auto núm. 2.742 de 2.005 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Ilmo. Sr. D. José Flors Matíes En Valencia, a veintinueve de septiembre de dos mil cinco.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3.008 de 2.005 En el recurso de suplicación núm. 2742/05, interpuesto por "Turia Servicios Especiales, S.L.", defendida y representada por la letrada doña María Luisa Cantos Llopis, contra el auto de fecha cinco de mayo de dos mil cinco, dictado por el Juzgado de lo Social número 9 de los de Valencia en el procedimiento sobre despido tramitado con el nº 617/03 , siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Flors Matíes.
Por auto de fecha de fecha 10 de marzo de 2005 dictado en el procedimiento de referencia, el Juzgado de lo Social determinó en setecientos siete euros con veintidós céntimos, el importe de los salarios de tramitación que la empresa condenada "Turia Servicios Especiales, S.L." debía satisfacer a la trabajadora demandante, doña Luz , en ejecución del pronunciamiento condenatorio proferido en la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2003 recaída en el expresado procedimiento.
La trabajadora demandante interpuso contra esta resolución recurso de reposición interesando que, en atención al resultado que ofrecen los datos consignados en su historia de vida laboral, los salarios de tramitación se fijaran en cuatro mil setecientos setenta y un euros con cuarenta y un céntimos.
Dicho recurso fue estimado en parte por auto de fecha 5 de mayo de 2003 , en el que se fijó el importe debido de los salarios de tramitación en la cantidad de cuatro mil trescientos setenta y tres euros con veintinueve céntimos.
Contra este auto resolutorio de la reposición se ha formulado por la empresa condenada el presente recurso de suplicación al amparo del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , por estimar infringido el artículo 56 b) del Estatuto de los Trabajadores .
ÚNICO.- Tal como se articula el recurso, la cuestión jurídica que constituye su objeto afecta únicamente a la interpretación...
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STSJ Galicia , 5 de Diciembre de 2006
...será objeto de descuento de la cifra total que corresponda por los salarios de tramitación, tal como expresa la STSJ de Valencia de 29 de septiembre de 2005 (Rec. 2742/2005). El examen de la censura jurídica que se denuncia debe ser parcialmente acogida con fundamento en las siguientes - Re......