STSJ Canarias , 31 de Octubre de 2005
Ponente | LUIS HELMUTH MOYA MEYER |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:4215 |
Número de Recurso | 634/2005 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA NÚM. 311 Recurso núm. 92/2003 Ilmos. Sres:
PRESIDENTE Don Pedro Hernández Cordobés MAGISTRADOS Don Juan Ignacio Moreno Luque Casariego Don Helmuth Moya Meyer
En Santa Cruz de Tenerife , a treinta y uno de octubre del dos mil cinco.
VISTO, en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, el presente recurso interpuesto a nombre del demandante don Constantino , contra el Acuerdo del Jurado de Expropiación Forzosa de Santa Cruz de Tenerife, de 7 de noviembre del 2002, habiéndose personado como parte demandada la Administración del Estado, defendida y representada por el Abogado del Estado en virtud de las atribuciones que por ley ostenta, la Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife y la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo Ponente de esta sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado don Helmuth Moya Meyer.
Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el 27 de enero del 2003. Admitido a trámite, se reclamó el expediente administrativo.
El recurrente formalizó demanda en la que solicitó se declare la nulidad del acto recurrido por no ser conforme a derecho, ya que tiene derecho a que se le fije el justiprecio expropiatorio por haber transcurrido más de cinco años desde que se afectó su parcela a la ejecución del sistema general de comunicaciones "vía de cornisa" y haber advertido este hecho hace más de dos años al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
De la demanda se dio traslado a la Administración demandada , que contestó a la misma oponiéndose a las pretensiones de la parte actora y pidiendo la desestimación del recurso. En el mismo sentido se pronunciaron la Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife y la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida, con el resultado que obra en autos. Las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, y se señaló día para la votación y fallo.
Se han observado los preceptos legales que regulan la tramitación del proceso contencioso-administrativo.
El recurso se interpone contra el Acuerdo del Jurado de Expropiación Forzosa de Santa Cruz de Tenerife, de 7 de noviembre del 2002, por el que se desestima la solicitud de fijación de justiprecio por una finca afectada por el Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife a la ejecución del sistema general de comunicaciones "vía de cornisa".
Se imputa al acuerdo impugnado haber incurrido en "desviación procesal", porque primero...
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