SAP Valencia 704/2009, 17 de Noviembre de 2009
Ponente | CARLOS ESPARZA OLCINA |
ECLI | ES:APV:2009:4892 |
Número de Recurso | 814/2009/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 704/2009 |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª |
704/2009
ROLLO Nº 000814/2009
SECCIÓN 10ª
SENTENCIA 704-09
Ilustrísimos Sres.:
Presidente, D. José Enrique de Motta García España
Magistrados:
D. Carlos Esparza Olcina
D. José Luis Gómez Moreno Mora
En Valencia a diecisiete de noviembre de dos mil nueve
Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Divorcio contencioso nº 000774/2008, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 6 de Gandia, entre partes, de una como demandante-apelada D. Marino, y de otra como demandada-apelante dª María Inés, representada por el Procurador D ANTONIO GARCIA-REYES COMINO y defendido por el Letrado D/Dª MARIA DEL CARMEN MIÑANA LOPEZ. Y siendo parte el MINISTERIO FISCAL.
Es ponente el Iltrmo. Sr. Magistrado D. Carlos Esparza Olcina
En fecha 16-04-09, por el Ilmo. Sr. Juez de Primera Instancia de Gandia nº 6, se dictó sentencia en los autos de Divorcio nº 774/08 seguido a instancias de D. Marino contra Dª María Inés, siendo parte el Ministerio Fiscal, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador Sr. Ramón Juan Lacasa en nombre y representación de Marino contra María Inés representado por el procurador Sra. Yolanda Benimeli Soria debo acordar y acuerdo el DIVORCIO de los ahora partes, acordando el mantenimiento de las medidas en su día establecidas en el convenio de separación a excepción de la cuantía de la pensión a favor de los hijos y a cargo del actor que estimo debe ascender a partir de la firmeza de esta sentencia en CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS para cada uno de ellos".
Tras anunciar la parte demandada la interposición del recurso de apelación, dentro del plazo otorgado para su formalización, presentan las partes un convenio regulador firmado el día 22 de junio de 2.009, en el que se ratifican, y solicitan la continuación del proceso por el trámite consensual.
Remitidas las actuaciones a esta Sala, se dio traslado al Ministerio Fiscal para que emitiera dictamen sobre los términos del convenio, lo que hizo remitiendo el oportuno informe, que fue unido a las actuaciones.
A la vista de todos los pedimentos, han quedado las actuaciones en poder del Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, D. Carlos Esparza Olcina, para...
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