STSJ Cantabria 543/2006, 23 de Mayo de 2006
Ponente | RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS |
ECLI | ES:TSJCANT:2006:784 |
Número de Recurso | 395/2006 |
Número de Resolución | 543/2006 |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En Santander a veintitrés de mayo de dos mil seis.
En el recurso de suplicación interpuesto por Doña Leonor contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Dos de Santander y Cantabria, ha sido nombrado Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.
Que según consta en autos se presentó demanda por Doña Leonor , sobre Invalidez, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 19 de Enero de 2006 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
Que como hechos probados se declararon los siguientes:
-
- El/la actor/a Leonor , nacido/a el 4 mayo 1943 se encuentra afiliado a la Seguridad Social yencuadrado en el régimen Especial de Empleadas de Hogar, con el nº NUM000 , reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de empleada de hogar.
-
- A instancia del Servicio Público de Salud se ha tramitado expediente administrativo de Incapacidad Permanente, previo Dictamen del EVI de 31-3-2005, se ha dictado resolución por la Dirección Provincial del INSS 27 ABRIL 2005 por la que se deniega al actor la declaración de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.
-
- La Base Reguladora de la incapacidad permanente total es de 482,07 euros mensuales, con efectos económicos desde que se produzca el cese en la actividad.
-
- El actor presenta el siguiente cuadro clínico:
Aparato locomotor: exploración física actual: hombro derecho. Balance articular activo en antepulsión/abducción a 90º. Balance articular pasivo en antepulsión/abducción a 120º. A partir de aquí dolor.
Rotaciones limitadas en la mitad del recorrido. Fuerza o dinas bilateralmente, no hace fuerza.
Musculatura0 35 cm. de diámetro en brazos.
No alteración de la sensibilidad.
Informe de unidad de artroscopia, octubre 2004: paciente diagnosticada de síndrome subacromial en hombro derecho. Se hace artroscopia el 5.10.2004. Mediante DSA. Bursectomia.
Deficiencias más significativas. Síndrome subacromial de hombro derecho intervenido quirúrgicamente mediante bursectomia.
Evolución: lentamente.
-
- Ha agotado la vía administrativa previa.
-
- La actora figura de alta actualmente en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar.
Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, no siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.
La revisión que se solicita de los hechos probados resulta sin relevancia para el signo del fallo, ya que la constancia de una mayor limitación de la movilidad del brazo rector, lo que supondría que la movilidad activa del hombro derecho tanto en la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Cantabria 182/2016, 24 de Febrero de 2016
...destacar que las limitaciones de movilidad de la articulación afectada no son significativas. En este sentido, la STSJ de Cantabria de 23-5-2006 (Rec. 395/2006 ) recuerda que cuando la abducción y la antepulsión llega a 90º en la extremidad rectora, dicha limitación no justifica el reconoci......