STSJ Cantabria 875/2006, 4 de Octubre de 2006

PonenteJESUS MARIA MARTIN MORILLO
ECLIES:TSJCANT:2006:1505
Número de Recurso709/2006
Número de Resolución875/2006
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00875/2006 Recurso núm. 709/2006

Secretaria Sra. Colvée Benlloch

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón

Ilmo. Sr. D. Jesús Mª Martín Morillo

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA

En Santander a cuatro de octubre de dos mil seis.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Santander y Cantabria, ha sido nombrado Ponente el Iltmo. Sr. D. Jesús Mª Martín Morillo, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Doña María Antonieta , sobre Invalidez, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 15 de Mayo de 2006 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:1º.- La demandante, Dª. María Antonieta , con D.N.I nº NUM000 , nació el 1.12.1955, está afiliada en el Régimen General de la Seguridad Social con el n° NUM001 , de profesión Limpiadora.

  1. - El 27.7.2005 se inició expediente en solicitud de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades en fecha 21.7.2005, donde se determina el siguiente cuadro clínico residual:

    "Ansioso depresivo de intensidad moderada. Cervicoartrosis. Artrosis de interfalangicas". Por resolución de fecha 11.8.2005, la Entidad Gestora deniega la prestación solicitada por las siguientes causas:

    "Por no alcanzar las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente, según lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley general de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994 , de 20 de junio (BOE 29/06/94), en relación con el artículo 136.1 de la misma disposición en la redacción dada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE 31/12/9 4)."

    Contra la citada resolución se interpuso reclamación previa el día 29.9.2005, siendo desestimada por resolución de 14.10.2005.

  2. - La actora estuvo en Incapacidad Temporal desde el 1.3.2004 hasta el 26.6.2005 (agotamiento de plazo) finalizado el 11.8.2005

  3. - La demandante presenta el siguiente cuadro clínico residual:

    APARATO LOCOMOTOR:

    EFA: C. Vertebral: Dolor a la Pr. de Ap. espinosas cervicales, no contractura, dorsiflexión hasta una DDS de 20 cm. No dolor sobre costillas a la presión fuerte.

    EESS: Arcos de movilidad completos, no alteración de la sensibilidad. No atrofias musculares con BM 5/5, no dolor en paquetes musculares.

    EEII: Arcos de movilidad completos, no dolor muscular a la presión fuerte de estos. No alteración de la sensibilidad ni del BM 5/5. Anda de T/P y hace E/I, poniéndose de cuclillas sin dificultad.

    Informes: Paciente diagnosticada de cervicalgia ha recibido RHB.

    RX de pelvis-caderas: No se aprecian hallazgos significativos (7.10.04). Pequeño defecto de fusión del arco posterior de S1, variante congénita de la normalidad.

    RM cervical 8.10.04: Rectificación de la lordosis fisiológica, cambios degenerativos leves en espacio C3-4, con pequeño complejo discoosteofitario dorsomedial que oblitera parcialmente el espacio subaracnoideo pudiendo condicionar un ligero efecto compresivo mielo radicular. Clínicamente no hay compromiso radicular.

    AFECCIONES PSÍQUICAS:

    EA: Consciente, orientada con buena colaboración, semblante algo triste. Dice descansar con las pastillas y por la tarde estar peor, no puede con su cuerpo. Sus hijos le ayudan con las cosas de la casa, son mayores. No se concentra, no puede ni cocinar porque no atiende y a veces se deja el gas encendido. Tiene una casa en el pueblo y allí está mejor quizá porque hay más espacio.

    Informe privado Dr. Gregorio : Paciente que manifiesta que desde hace 10 años, coincidiendo con un primer accidente de circulación, viene sintiéndose ocasionalmente más nerviosa y sensible con algias esporádicas en zona lumbar. Sufre un empeoramiento con un segundo accidente y se recrudece con la separación de sus dos hijas, que afectó profundamente a la paciente en su estado de ánimo, definiendo el proceso como penoso. En la exploración refiere labilidad emocional, nerviosismo, inquietud permanente, sollozos continuos, quejas diversas, cambio de carácter, irritación fácil, pérdida en control de impulsos.... Cuadro Compatible con un T. Ansioso depresivo. La Escala de Hamilton señalasíntomas somáticos, cardiovasculares, respiratorios, autónomos, cognitivos y emocionales, encontrándose la mayoría controlados con la medicación, indicando la puntuación un T. de Ansiedad moderado. El cuestionario de depresión de CET-De concluye la existencia de un episodio depresivo moderado.

    CONCLUSIONES:

    Deficiencias más significativas:

    T. Ansioso depresivo de intensidad moderada. Cervicoartrosis. Artrosis de interfalángicas." "Exploración- RM Rodilla Izda.

    INFORME

    TECNICA DE ESTUDIO:

    Se realizan cortes en los planos axial, sagital y coronal utilizando secuencias de pulso potenciadas en T1 y T2.

    INFORME:

    Ligamentos cruzados y meniscos normales.

    Ligamentos laterales y tendón rotuliano de morfología y señal normal. Cartílago articular rotuliano de grosor normal con fisuras que alcanzan la capa profunda, en relación con condromalacia grado III.

    En la región anterior de la escotadura intercondílea se observa una lesión quística multiloculada de 12 mm. de diámetro mayor, compatible...

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