SAP Barcelona 225/2006, 29 de Marzo de 2006
Ponente | MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE |
ECLI | ES:APB:2006:3808 |
Número de Recurso | 782/2005 |
Número de Resolución | 225/2006 |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
SENTENCIA Núm. 225/2006
Ilmos. Sres.
D. ENRIQUE ANGLADA FORS
Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE
En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de Marzo de dos mil seis.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Divorcio, número 407/2005 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Terrassa a instancias de D, Esteban , contra Dª. Antonieta ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 14 de junio de 2005, por la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando totalmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Ricard Casas Gilberga, en representación de D. Esteban contra Dª: Antonieta representada por el Procurador D. Joaquim Tarin Bellot, declaro disuelto, por causa de divorcio, el matrimonio formado por los anteriores cónyuges, con todos los efectos legales inherentes y en especial: 1º Se extingue la pensión de alimentos a favor de las hijas Gloria y Regina fijada en la sentencia de separación. 2º Se extingue la pensión compensatoria fijada en la sentencia de separación. 3º No se hace especial pronunciamiento sobre costas."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que presentó escrito de oposición; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 28 de marzo de 2006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.Visto, siendo ponente la magistrada Ilma. Sra. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE.
Contra el pronunciamiento que acuerda la extinción de la pensión compensatoria fijada en la sentencia de separación de fecha 1 de febrero de 2002 , se alza la demandada alegando en primer lugar la vulneración del artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , entendiendo que no se ha aportado prueba suficiente para acreditar la disminución de los ingresos del demandante. Como antecedentes necesarios para resolver lo que constituye el objeto del recurso, cabe precisar, que ambos cónyuges suscribieron un convenio regulador de separación que fue aprobado por sentencia de fecha 1 de febrero de 2002 , en el que se reconocía, entre otras medidas, una pensión compensatoria a favor de la...
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La prueba documental
...no habían sido impugnadas, declarándose expresamente que los originales pueden aportarse durante la tramitación del proceso (SAP Barcelona, de 29 de marzo de 2006212). Page El documento privado podrá presentarse por original o copia autentificada por fedatario público, pudiendo, a instancia......
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