STSJ Aragón 452/2008, 27 de Mayo de 2008

PonenteRAFAEL MARIA MEDINA ALAPONT
ECLIES:TSJAR:2008:746
Número de Recurso434/2008
Número de Resolución452/2008
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00452/2008

Rollo número: 434/2008

Sentencia número: 452/2008

P.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a veintisiete de mayo de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 434 de 2008 (Autos núm. 885/2007), interpuesto por la parte demandante Manuel , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Zaragoza, de fecha 11 de marzo de 2008, siendo demandado KLÜH LINAER ESPAÑA SL, sobre clasificación profesional. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Manuel , contra KLÜH LINAER ESPAÑA SL, sobre clasificación profesional; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 11 de marzo de 2008 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Manuel contra la empresa KLUH LINAER ESPAÑA S.L., debo absolver y absuelvo a la empresa demandada de todas las pretensiones ejercitadas en su contra en la demanda".SEGUNDO.- En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Que D. Manuel , con D.N.I. núm. NUM000 , ha venido prestando servicios por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de la empresa KLUH LINAER ESPAÑA S.L., con antigüedad de 4-11-96 (por subrogación convencional como nueva adjudicataria), categoría profesional reconocida de especialista, y salario de 1.568,77 euros brutos mensuales, con prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

Que el actor, con la anterior adjudicataria, la empresa MACONSI S.L., aun cuando su categoría profesional era la de especialista y realizaba en ocasiones funciones de tal, en su mayor parte realizaba funciones administrativas, sin que efectuase reclamación alguna respecto de su categoría profesional. Con dicha empresa la Encargada General era su madre, Dª Lorenza y el Encargado de Zona su padre, D. Inocencio .

TERCERO

Que la empresa KLUH LINAER ESPAÑA S.L. es adjudicataria del servicio desde el 1-01-06. Con la nueva empresa el actor siguió realizando funciones fundamentalmente...

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