SAP Cádiz 355/2008, 25 de Junio de 2008

PonenteRAMON ROMERO NAVARRO
ECLIES:APCA:2008:1062
Número de Recurso95/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución355/2008
Fecha de Resolución25 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 355/2008

En Cádiz a veinticinco de junio de dos mil ocho.-Visto por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de divorcio seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia referenciado, cuyo recurso fue interpuesto por Antonio que se ha personado en esta alzada representado por el procurador Sr. Gómez Armario y defendida por la letrado Sra. Torres Puerto y en el que es parte recurrida Marí Luz que no se ha personado.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Ramón Romero Navarro, que expresa el parecer de esta Sala y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por la Iltma. Sra.Magistrado- Juez de Primera Instancia núm 3 de Algeciras con fecha 8 de octubre de 2007 dictó sentencia en los presentes autos, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: "Dispongo: Estimar en parte la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales Dª Adolfo Ramírez en nombre y representación de D. Antonio y estimar en parte la demanda recovencional interpuesta por Dª Ana García Hormiga, en nombre y representación de Dª Marí Luz , acordando el divorcio de ambos cónyuges y la disolución de su matrimonio contraído en fecha de 31 de diciembre de 1975 en Algeciras acordando las siguientes medidas:

La separación defibniti8va de los cónyuges litigantes, pudiendo señalar libremente su domicilio.

Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los esposos hubieran otorgado al otro.

Se declara extinguida la sociedad de gananciales.

Se fija en beneficio de la esposa la cantidad de 600 euros mensuales para atender a sus necesidades, que deberá hacerse efectiva en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corrienteque a tal efecto designe la esposa. Dicha pensión deberá actualizarse anualmente conforme a la variación que experimente el IPC.

No ha lugar a fijar pensión alimenticia en beneficio del hijo Iván .

Los prestamos contraídos por los esposos, serán sufragados por el mismo en tanto sea liquidada la sociedad de gananciales.

El uso vehículo Audi A& matrícula .... CXC se encomienda al esposo hasta tanto sea igualmente liquidada la sociedad de gananciales.

El uso del domicilio conyugal se encomienda a la esposa hasta tanto se produzca la liquidación de la sociedad de gananciales.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte apelante se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por entender lesiva para sus intereses la resolución de instancia. Admitido que lo fue en ambos efectos, y formalizado alegando los motivos de disentimiento con la sentencia, se dio traslado del escrito de formalización a la parte contraria por plazo de diez días a fin de que pudieran oponerse al recurso o impugnar la resolución. Transcurrido dicho término se elevaron a esta Audiencia los autos originales con los escritos presentados.-TERCERO.- Recibidos los autos, formado el rollo correspondiente para sustanciar la apelación, turnada que fue la ponencia, transcurrido el término de emplazamiento y no habiéndose propuesto prueba en el escrito de interposición, quedaron los autos conclusos para dictar resolución dentro del término legal, luego de señalarse día para la deliberación y votación.-CUARTO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso formulado por Antonio se residencia en dos puntos, el primero en el establecimiento de la pensión compensatoria a favor de la esposa y el segundo, en la responsabilidad del pago de las deudas gananciales. Ninguno de ambos motivos puede prosperar.

En relación con la pensión compensatoria La pensión de desequilibrio económico, legislativamente plasmada en el art. 97 del Código civil , responde a la necesidad de salvaguardar en la medida de lo posible, y siquiera sea en el ámbito estrictamente patrimonial, los vínculos de solidaridad que comporta la unión matrimonial y hacer frente al detrimento económico personal que supone, normalmente del lado de la mujer, la dedicación a las tareas estrictamente domésticas y familiares. De ahí que tal pensión compensatoria, a la que se refieren, además, los artículos 99 a 101 , no constituya un efecto primario de la separación o divorcio que opere automáticamente, sino una consecuencia eventual y secundaria. Se trata, en definitiva, de una medida no de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SAP A Coruña 261/2011, 4 de Mayo de 2011
    • España
    • Audiencia Provincial de Coruña, seccion 3 (civil)
    • 4 Mayo 2011
    ...de septiembre de 2008 (Aranzadi civil. 2028 ), 14 de noviembre de 2007 (Aranzadi civil 102 de 2008); por la Audiencia Provincial de Cádiz en su sentencia de 25 de junio de 2008 (Roj: SAP CA 1062/2008), por la Audiencia Provincial de Toledo en sus sentencia de 26 de junio de 2006 (Aranzadi c......
  • SAP A Coruña 344/2011, 21 de Junio de 2011
    • España
    • 21 Junio 2011
    ...de septiembre de 2008 (Aranzadi civil. 2028 ), 14 de noviembre de 2007 (Aranzadi civil 102 de 2008); por la Audiencia Provincial de Cádiz en su sentencia de 25 de junio de 2008 (Roj: SAP CA 1062/2008), por la Audiencia Provincial de Toledo en sus sentencia de 26 de junio de 2006 (Aranzadi c......
  • SAP A Coruña 617/2011, 2 de Diciembre de 2011
    • España
    • 2 Diciembre 2011
    ...de septiembre de 2008 (Aranzadi civil. 2028 ), 14 de noviembre de 2007 (Aranzadi civil 102 de 2008); por la Audiencia Provincial de Cádiz en su sentencia de 25 de junio de 2008 (Roj: SAP CA 1062/2008), por la Audiencia Provincial de Toledo en sus sentencia de 26 de junio de 2006 (Aranzadi c......
  • SAP A Coruña 41/2010, 5 de Febrero de 2010
    • España
    • 5 Febrero 2010
    ...elevando la cuantía de la fijada por el Juzgado. + Y la sentencia de 25 de junio de 2008, de la Audiencia Provincial de Cádiz (Cendoj ROJ: SAP CA 1062/2008 ), también la instaura por primera Por todo lo anterior, la sentencia apelada debe ser confirmada, sin que proceda hacer expresa imposi......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR