STSJ Galicia 283/2007, 28 de Febrero de 2007

PonenteJOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ
ECLIES:TSJGAL:2007:2301
Número de Recurso8708/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución283/2007
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00283/2007

PONENTE: JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ

RECURSO NUMERO : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0008708 /2002

RECURRENTE: Estela , Leonor , Nuria , Y EN BENEFICIO DE LA

COMUNIDAD QUE FORMAN CON Amanda , Y HEREDEROS DE Alfredo

ADMINISTRACION DEMANDADA: JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION DE A CORUÑA

CODEMANDADO: CONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OO.PP. E VIVENDA, y AYUNTAMIENTO A CORUÑA

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado

la

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

IGNACIO ARANGUREN PEREZ

A CORUÑA, veintiocho de Febrero de dos mil siete.

En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 0008708 /2002, pende de resolución ante esta Sala,

interpuesto por Estela , Leonor , Nuria , Y EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD QUE FORMAN CON Amanda , Y HEREDEROS DE Alfredo , representados por el procurador D./Dª FERNANDO IGLESIAS FERREIRO, dirigidos por el letrado D./Dª HILARIO VICENTE GOMEZ SEIVANE, contra ACUERDO DE 26-3-02 Y 16-7-02 RESOLUTORIOS DE JUSTIPRECIO DE FINCA NUM000 DE LOS RECURRENTES EXPROPIADAS POR C. POLÍTICA TERRITORIAL PARA LA OBRA EJECUCIÓN DEL PARQUE DE SANDIEGO, T.M. A CORUÑA. EXPTE. NUM001 . Es parte la Administración demandada JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION DE A CORUÑA, representada por el ABOGADO DEL ESTADO. Asímismo comparece como parte codemandada CONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OO.PP. E VIVENDA, AYUNTAMIENTO A CORUÑA , representadas y dirigidos por el letrado D./Dª LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA,y LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DEL AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA

.

Es ponente el Ilmo/a. Sr/a. D/Dª JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dió traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 22 de Febrero de 2007 , fecha en la que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo determinada en 1.294 euros.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna la resolución del JPEF de A Coruña de 26 de marzo y 16 de julio de 2002 por la que se fija el justiprecio de la finca num. NUM000 Polígono NUM002 del Plano parcelario t.m. de A Coruña, afectada por la obra instada por la CPTOP y Vivienda de la Xunta de Galicia de la que es beneficiaria el Ayuntamiento de esta ciudad, para la ejecución del Parque de San Diego ejecutada por el proyecto de expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta previsto en los arts. 145 y siguientes de la Ley del Suelo Gallega 1/97 que cifró en un total de 32.630.434 ptas por el suelo y la construcción en ella existente, calificada como suelo urbano no consolidado o sin pormenorizar destinado a espacios libres y equipamientos públicos en PGOU de 1985 con una extensión superficial de 3.060 m2, fijando como valor básico de repercusión de 40.170 ptas m2 a partir de la Ponencia de Valores Catastrales actualizados con las sucesivas Leyes de Presupuestos desde 1985 al 1996 y considerando como fecha de iniciación del expediente...

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