STSJ Cantabria 201/2007, 1 de Marzo de 2007

PonenteSANTIAGO EDUARDO PEREZ OBREGON
ECLIES:TSJCANT:2007:330
Número de Recurso78/2007
Número de Resolución201/2007
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL

SANTANDER

SENTENCIA: 00201/2007

Rec. Núm. 78/07

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saíz

Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a uno de Marzo de dos mil siete.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón, quién expresa el parecer de la Sala. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Armando siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro sobre seguridad social y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 13 de diciembre de 2006 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El demandante, D. Armando , nacido el día 21 de mayo de 1946, se encuentra afiliado en elRégimen General de la Seguridad Social con el N° NUM000 , siendo su actividad profesional la de fabricación de cubiertas en fábrica de neumáticos.

  2. - Instada la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS solicitando se declarara al actor en situación de incapacidad permanente, se dictó resolución de fecha 30 de marzo de 2006, en la que se declaraba que el solicitante se encontraba afecto de invalidez permanente total para su profesión habitual derivada de enfermedad común, con efectos económicos desde el día 29 de marzo de 2006.

    Presentada la correspondiente reclamación previa interesando su declaración de incapacidad permanente absoluta, se dictó resolución de fecha 6 de junio de 2006, confirmando el pronunciamiento inicial.

  3. - El demandante presenta el siguiente cuadro clínico:

ANTECEDENTES

Propuesta Inspección Torrelavega (CC)

AFECTACIÓN ACTUAL:

Refiere que en Julio-05 un día perdió la vista por ojo derecho, por lo que acudió a oftalmólogo, le dijeron que tenía desgarros, le pusieron tratamiento, y aunque lentamente, fue mejorando hasta estar casi bien. Cogió vacaciones para estabilizar el tema y se incorporó a trabajar. Posteriormente se queda sin vista por ojo izquierdo, acude a H. Valdecilla y dice que como "tardaban" acudió a Instituto Oftalmológico Fdez-Vega, donde fue intervenido y continúa consultas.

EXPLORACIONES POR APARATOS

ORGANOS DE LOS SENTIDOS

VISTA:

Oftalmología Drs. Mariano - Diego de 31-1-105 con un desprendimiento de retina inferior en ojo izquierdo, secundario a un desgarro gigante. En el ojo derecho se apreciaron múltiples desgarros periféricos de extrema gravedad, que requirió una fotocoagulación alrededor de los mismos. Fue intervenido quirúrgicamente el día 26-10-095, realizándose la colocación de un implante inferior semicircular con cerclaje de 2 mm. y paracentesis de cámara anterior en el ojo derecho y láser mediante oftalmoscopia indirecta en ambos ojos, con buen resultado quirúrgico en la actualidad. En el curso del post-operatorio sufrió una queratitis epidémica por adenovirus con afectación corneal bilateral, que cursó con afectación corneal y que dejo algún leucoma corneal escaso, como secuelas".

CONCLUSIONES

DEFICIENCIAS MAS SIGNIFICATIVAS:

Desprendimiento de retina inferior de ojo izquierdo, secundario a desgarro gigante. Múltiples desgarros periféricos de extrema gravedad en ojo...

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