Sentencias sobre Tiempo de descanso mínimo entre jornadas

12 sentencias sobre Sentencias sobre Tiempo de descanso mínimo entre jornadas

  • SAN 46/2020, 6 de Julio de 2020

    REDUCCIÓN DEL PERÍODO DE DESCANSO ENTRE JORNADAS. DESPLAZAMIENTOS DE JORNADA Y DE DESCANSO. No está cuestionada la posibilidad que la empresa tiene de reducir el descanso entre jornadas, sino que la cuestión litigiosa se centra en determinar si, en aquellos supuestos en que se reduce el período de descanso entre jornadas de 12 a 8 horas, esta reducción debe ser objeto de compensación mediante...

  • STSJ Canarias 114/2021, 29 de Enero de 2021

    Derechos laborales colectivos. Cambio de turno. Trabajador condiciones. Horas del descanso entre jornadas

  • STS, 15 de Febrero de 1999

    "CONFLICTO COLECTIVO. ESTIMACIÓN. en virtud de recurso de casación formulado por el Letrado Jefe del Gabinete Jurídico de la Conselleria de Presidencia en el Área Sanitaria, en representación de la Conselleria de Sanidad y Consumo de la Generalitat de Valencia, contra sentencia pronunciada en autos sobre conflicto colectivo. El Tribunal de casación entiende que la sentencia del Tribunal...

  • STS, 21 de Mayo de 2001

    RECLAMACIÓN DE DERECHOS. INSALUD. DESCANSO SEMANAL MÍNIMO. Se inicia reclamación de derechos contra el INSALUD. El obligatorio descanso mínimo semanal pactado de 36 horas, cuando se proyecta a situaciones, en la que se realizan guardias de presencia física durante el sábado que concluyen el domingo a las ocho horas, se hace imposible cuando se exige que el lunes lleven a cabo su jornada...

  • STSJ País Vasco , 7 de Octubre de 2003

    Jornada de trabajo. Horas anuales. Derecho al descanso tras el servicio de guardia de presencia física subsiguiente. Seguridad social

  • SAN 94/2006, 28 de Noviembre de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. INTERPRETACION DE CONVENIO. Así lo pactado procede ser interpretado entendiendo que al finalizar la realización de trabajos programados se inicia el descanso de doce horas y consumido tal tiempo se comienza a consumir, con carácter general, el tiempo desplegado para el desempeño de tales trabajos programados (en proporción compensatoria de uno por uno) en su concreta duración,

  • STSJ Asturias 295/2007, 26 de Enero de 2007

    CONFLICTO COLECTIVO. No puede apreciarse la existencia de una condición más beneficiosa, la cual en sus argumentaciones no infringe en modo alguno la doctrina jurisprudencial referida en el recurso, ya que no cabe apreciar hechos concluyentes por parte del Organismo demandado que vengan a revelar una voluntad por su parte de no querer aplicar a los facultativos laborales del Hospital la normativa

  • STSJ Comunidad Valenciana 2337/2006, 4 de Julio de 2006

    TRANSPORTES DE CARRETERA. HORAS TRABAJADAS. MÁXIMO DE HORAS EXTRAS. DIGNIDAD DEL TRABAJADOR. Se reclama contra la sentencia que desestima la demanda de resolución de contrato. La imposición por parte de la empresa demandada al actor de las indicadas jornadas de trabajo en las que se excede con mucho y de forma habitual el número máximo de horas de trabajo efectivo tanto en cómputo diario como en...

  • STSJ Castilla y León 710/2006, 5 de Julio de 2006

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. La sentencia de esta Sala invocada en el fundamento jurídico anterior sirve también para el presente. La pretensión de la trabajadora es que la Administración respetara el periodo mínimo de descanso, cosa que no ha hecho. Por lo que procede que la Administración indemnice a la parte actora, a título de incumplimiento contractual, tal como se deriva del artículo 1101 del...

  • STSJ Castilla y León 690/2006, 27 de Junio de 2006

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Indica el recurrente que de producirse una libranza al día siguiente de la guardia, los reclamantes deberían entonces prestar en otro momento la jornada ordinaria realizada, pues tal tiempo de descanso no puede ser considerado como tiempo de trabajo. No habiéndose superado la jornada ordinaria de trabajo de 1645 horas anuales, que ha sido retribuida en su totalidad...

  • STSJ Cataluña 2632/2005, 24 de Marzo de 2005

    JORNADA DE TRABAJO. DESCANSOS.- Teniendo en cuenta que las actoras permanecían en su puesto de trabajo desde las 9 hasta las 21 horas, por tratarse de una jornada continuada les correspondería según el Convenio un descanso de 20 minutos, habiendo señalado la empresa en el acto del juicio al contestar la demanda que las actoras comían e interrumpían sus funciones en determinados momentos. Puede...

  • STSJ Castilla y León 1656/2006, 16 de Octubre de 2006

    Proceso de conflicto colectivo. Horas entre jornada. Modificación sustancial de condiciones de trabajo. Cambios de turno

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR