Sentencias sobre Retracto del arrendador del local de negocio

6 sentencias sobre Sentencias sobre Retracto del arrendador del local de negocio

  • STS 402/2004, 14 de Mayo de 2004

    RETRACTO ARRENDATICIO. El retrayente está obligado a la consignación inmediata desde el momento en que accede a saber cual ha sido el precio preciso, real y cierto de la transmisión operada, lo que no excluye tenga lugar después de presentada la demanda y durante la tramitación del juicio, como aquí ocurrió. La presentación por el retrayente de aval bancario, como instrumento consignatario del...

  • STS 1123/2006, 13 de Noviembre de 2006

    "ACCIÓN DE RETRACTO DE FINCA RÚSTICA. PLAZO. Se ejercita acción de retracto de finca rústica. El plazo para el ejercicio de retracto, en defecto de notificación, es de 60 días hábiles a partir de la fecha en que, por cualquier medio, al arrendatario haya tenido conocimiento de la transmisión (art. 88 ), sin que ello se vea afectado por lo dispuesto en el art. 91.2 respecto a que, en caso de no...

  • STS 671/2003, 28 de Junio de 2003

    RETRACTO - ARREMDAMIENTO - Puede ejercitar la acción de retracto el arrendatario, (que lo sea en la fecha de la transmisión de la finca), aunque el arrendamiento sea anulable o resuelto en fecha posterior, por lo que no haciendo cuestión de si la sentencia resolutoria del arrendamiento produce efectos desde la demanda o desde la fecha en que gana firmeza, lo que esta patente y claro es que en...

  • STS 1067/2006, 17 de Octubre de 2006

    "RETRACTO ARRENDATICIO. VALORACIÓN DE LA PRUEBA. PRUEBA PERICIAL. El actor reclama se declare su derecho a retraer las fincas de las que es arrendatario. La apreciación de la prueba pericial según las reglas de la sana critica que no se hallan recogidas en precepto alguno ni prevista en ninguna norma valorativa de prueba y, por tanto, solo pueden fundamentar recursos de casación, cuando el...

  • STS 211/3003, 7 de Marzo de 2003

    RETRACTO ARRENDATICIO. INCONGRUENCIA. PRINCIPIO IUXTA ALEGATA ET PROBATA. El hecho de que una mitad indivisa se transmitiera a Don Miguel -a quien se demandó en 27 de Abril de 1995 (autos acumulados)-, se tiene que en nada altera la caducidad del retracto anteriormente ejercitado contra Secel, S.L. y el Sr. Victor Manuel , del que no es disociable entendiendo que deba mantenerse respecto a la

  • STS 214/2003, 11 de Marzo de 2003

    RETRACTO ARRENDATICIO RÚSTICO. No procede pues el valor de mercado de la finca de que el actor es colono ya superaba notablemente el que le correspondiá según su calidad y cultivo tanto en 1964 (año en que se concertó el arrendamiento) como en el mismo en que la misma se enajeno. Se desestima el recurso de casación.

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