Sentencias sobre Donación con cláusula de reversión

6 sentencias sobre Sentencias sobre Donación con cláusula de reversión

  • STS 20/2011, 27 de Enero de 2011

    ACCIÓN REIVINDICATORIA. DONACIÓN. DERECHO DE REVERSIÓN. DESLINDE. ACCESIÓN. Las actora ha ejercitado tres acciones: La primera, la acción reivindicatoria de un terreno que en un tiempo pasado fue donado a la parte demandada, ASOCIACIÓN COLEGIO DE HUÉRFANOS FERROVIARIOS, donación con cláusula de reversión, cuya sentencia firme declaró el derecho de reversión "al no usarse para los fines que...

  • STS 543/2009, 15 de Julio de 2009

    DONACIÓN. La donación con cláusula de reversión al propio donante o a un tercero, par el caso de que se cumpla el evento previsto por el donante al efectuarla, contiene un pacto añadido a la donación, cuyos límites se encuentran en los de la sustitución fideicomisaria, según lo dispuesto en el artículo 641 CC cuando el reversionario sea un tercero. Y hay que estar de acuerdo con la doctrina...

  • STS 340/2005, 4 de Mayo de 2005

    FUNDACION. REVERSION DE BIENES. Se desestima las excepciones de falta de legitimación activa y de caducidad, y se estima la demanda declarándose la reversión de los bienes de la fundación, con costas a la demandada. En las fases del fenómeno sucesorio, tránsito del patrimonio del causante al heredero, se parte de la apertura de la sucesión, momento inicial producido por la muerte del causante, se

  • STS 932/2011, 28 de Diciembre de 2011

    ACCIÓN DE REVERSIÓN DE DONACIÓN. La demandante a cuyo favor se ha previsto la reversión de la donación de inmueble considera que se ha producido la resolución de la donación por incumplimiento de la finalidad que la inspiró. Se reclama contra la sentencia que confirma la de instancia que rechaza la demanda. Existe infracción por inaplicación del artículo 1282 y por aplicación indebida del...

  • STS, 14 de Mayo de 1987

    En la donación de bienes inmuebles el requisito formal de su otorgamiento en escritura pública se convierte en un elemento esencial del contrato por imperativo del artículo 633 del Código Civil, requisito formal que abarca todo el contenido negocial, incluido, en su caso, el pacto de reversión que, como una cláusula más del contrato, está sometido a sus mismas exigencias solemnes, en cuanto dicho

  • STS, 11 de Marzo de 1988

    DONACION PROPTER NUPCIAS. PLAZO. Este criterio mayoritario de los cuatro años, está razonablemente superado por la doctrina más progresista, que lo reduce a sólo un año, con base en argumentos más armónicos dentro de la propia regulación que el Código hace del instituto de las donaciones: Es aplicable el artículo seiscientos cincuenta y dos del Código Civil, dada la similitud entre la revocación

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