DECRETO 166/1995, de 3 de octubre, de declaración de interés social del derecho de vuelo y de apostar de la dehesa boyal de Valencia de Alcántara.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 166/1995, de 3 de octubre, de declaración de interés social del derecho de vuelo y de apostar de la dehesa boyal de Valencia de Alcántara.

La Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, aprobada por Decreto de 12 de enero de 1973, establece que cuando, para la resolución de un problema social de carácter no circunstancial, se estime necesaria la expropiación de una finca rústica o de parte de ella, se podrá utilizar esa facultad, previa la declaración de interés social.

Habiéndose cumplimentado todos los trámites establecidos en dicha Ley en el expediente seguido a la finca objeto del presente Decreto, se ha comprobado la existencia de un grave problema social de carácter no circunstancial, según se refleja en los informes técnicos elaborados por la Consejería de Agricultura y Comercio, de donde se infiere con evidencia la imposibilidad del cumplimiento del fin social de la propiedad de la tierra, cuya causa inmediata hay que atribuirla a una estructura arcaica de la misma, por la dispersión de diversos derechos dominicales que recaen sobre una misma finca, situación que afecta gravemente al desarrollo agrario

de la Comunidad de Extremadura en cuyo ámbito territorial prolifera esta figura.

La dispersión de derechos dominicales en la dehesa boyal, derechos que pertenecen a distintos titulares, circunstancia que proviene de las leyes de desamortización del pasado siglo, causan, sin duda, un grave problema social, cuya solución debe buscarse en la reunificación de dichos derechos...

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