STSJ Canarias , 20 de Junio de 2005

PonenteLUIS HELMUTH MOYA MEYER
ECLIES:TSJICAN:2005:2571
Número de Recurso370/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 884/1999 (sección 2ª núm. 370/2005)

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE Don Pedro Hernández Cordobés MAGISTRADOS Don Juan Ignacio Moreno Luque Casariego Don Helmuth Moya Meyer

SENTENCIA NÚM. 186 En Santa Cruz de Tenerife , a veinte de junio del dos mil cinco.

VISTO, en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, el presente recurso interpuesto a nombre del demandante doña Sara , contra la Resolución de la Dirección General de la Vivienda, de 2 de noviembre del 1998 y contra otra de la Viceconsejería de Infraestructuras, de 24 de enero del 2000, habiéndose personado como parte demandada la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, defendida y representada por el Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, en virtud de las atribuciones que por ley ostenta, siendo Ponente de esta sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado don Helmuth Moya Meyer.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el 24 de septiembre del 1999. Admitido a trámite, se reclamó el expediente administrativo.

El recurrente formalizó demanda en la que solicitó se declare la nulidad del acto recurrido por no ser conforme a derecho, ya que tiene derecho a la subrogación en el contrato de adquisición diferida de la vivienda de protección oficial sita en la calle Santa Cruz de Arafo que fue adjudicada a su difunto hermano.

SEGUNDO

De la demanda se dio traslado a la Administración demandada , que contestó a la misma oponiéndose a las pretensiones de la parte actora y pidiendo la desestimación del recurso.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida, con el resultado que obra en autos.

Se amplió el recurso a la Resolución de la Viceconsejería de Infraestructuras, de 24 de enero del 2000, por la que se acuerda desestimar la alzada contra la Resolución de la Dirección General de la Vivienda, de 14 de julio del 1999, en la que se dicta orden de lanzamiento de la vivienda. Se siguió el procedimiento establecido en estos casos, presentándose nueva demanda y contestación a la demanda y practicando nueva prueba.

Las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, y se señaló día para la votación y fallo.

CUARTO

Se han observado los preceptos legales que regulan la tramitación del proceso contencioso-administrativo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se interpone contra la Resolución de la Dirección General de la Vivienda, de 2 de noviembre del 1998, por la que se indamite el recurso extraordinario de revisión presentado contra la Resolución de 14 de febrero del 1997 por la que se declara extinguido el contrato de acceso diferido a la propiedad de una vivienda de protección oficial sita en la calle Santa Cruz de Arafo; y contra otra de la Viceconsejería de Infraestructuras, de 24 de enero del 2000, que desestima la alzada presentada contra la Resolución de la Dirección General de la Vivienda, de 14 de julio del 1999, en la que se dicta orden de lanzamiento de la vivienda.

SEGUNDO

La demandante no tuvo intervención el procedimiento que concluye con la Resolución de 14 de febrero del 1997. A la muerte de su hermano ocurrida en 1996 no presentó solicitud de subrogación en el contrato de adquisición diferida de la propiedad de una vivienda de protección oficial que ocupaba aquél. Esto lo hace en el año 1998 y se le comunica que se había declarado la extinción del contrato. En este momento al parecer no impugna en vía judicial las citadas resoluciones, por lo que habiendo devenido firmes intenta combatirlas mediante el recurso...

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