SAP Madrid 202/2008, 25 de Abril de 2008
Ponente | MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2008:5298 |
Número de Recurso | 71/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 202/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00202/2008
Rollo: RECURSO DE APELACION 71 /2008
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 113 /2005
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de MADRID
PONENTE: ILMA. SRA. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
APELANTE: Franco
PROCURADOR: MARTA RUIZ ROLDAN
APELADO: Jesús María
PROCURADOR: MARIA ISABEL SALAMANCA ALVARO
En MADRID, a veinticinco de abril de dos mil ocho.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre resolución de contrato por causa de necesidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado D. Franco representado por la Procuradora Sra. Ruiz Roldán y de otra, como apelado demandante D. Jesús María representado por la Procuradora Sra. Salamanca Álvaro, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Madrid, en fecha 31 de julio de 2007, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimo la demanda formulada por D. Jesús María contra D. Franco y, en consecuencia declaro resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Madrid (28024), calle DIRECCION000, nº NUM000, NUM001, al concurrir causa de denegación de la prórroga forzosa alegada, condenando al demandado a que la desaloje y la ponga libre y expedita a disposición del actor, bajo apercibimento de que de no verificarlo se procederá a lanzarlo a su costa.".
Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 22 de abril de 2008.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución objeto de recurso.
Alega la parte demandada como motivos en los que funda su recurso, que en primer lugar las pruebas que se solicitaron por esta parte, se realizaron de manera fragmentada e...
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