SAP Murcia 73/2007, 17 de Mayo de 2007
Ponente | ANDRES PACHECO GUEVARA |
ECLI | ES:APMU:2007:932 |
Número de Recurso | 41/2007 |
Número de Resolución | 73/2007 |
Fecha de Resolución | 17 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00073/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCIÓN 001
Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf :968-229183
Fax :968-229184
Modelo : 00120
N.I.G. : 30030 37 2 2007 0100511
ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000041 /2007
Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 5 de MURCIA
Procedimiento de origen :JUICIO RAPIDO 0000065 /2006
RECURRENTE : Alberto
Procurador/a :JOSE DIEGO CASTILLO GOMEZ
Letrado/a :ANA ISABEL UCEDA BARDERAS
RECURRIDO/A : Leticia
Procurador/a :JUANA MARIA GUIRAO LAVELA
Letrado/a :RAMON RODRIGUEZ COSTA
S E N T E N C I A Nº 73/07
Ilmos. Sres.
D. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
D. Francisco José Carrillo Vinader
D. Andrés Montalbán Avilés
Magistrados
En la ciudad de Murcia a diecisiete de mayo de dos mil siete.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 41/07, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 5de Murcia y tramitadas con el nº 65/06 por las normas del Procedimiento para juicios Rápidos, por delito de maltrato en el ámbito de la violencia de género contra Alberto, cuyas circunstancias personales ya constan; en virtud del recurso de apelación interpuesto el mismo, que ha estado representado por el Procurador Sr. Castillo Gómez y defendido por la Letrada Sra. Uceda Banderas, contra la sentencia de fecha 30/6/06 dictada por el citado Juzgado de lo Penal en la causa también indicada. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal nº 5 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 30/6/06 declarando probados los siguientes hechos: "Se declara probado que el acusado, Alberto (mayor de edad y sin antecedentes penales), está casado con Leticia y de su unión han nacido tres hijos, todos ellos menores de edad, residiendo en CALLE000 nº NUM000 de La Alberca. El día 16 de junio de 2006, sobre las 11,00 horas, con motivo de una disputa familiar, Alberto le dijo a su esposa que era "una marrana y una puta, que solo se acostaba con él a final de mes, cuando le iba a dar dinero, como las putas..", al tiempo que la agarró fuertemente del pelo y golpeó su cabeza contra la frente de su esposa, saliendo a continuación de la habitación y agarrando la televisión golpeando el cristal en que se apoya, que resultó roto. Leticia avisó a la Policía que llegó al domicilio y encontró a Dª Leticia visiblemente alterada, nerviosa, llorando y con el pelo revuelto, siendo asistida en centro de salud donde se le apreció policontusión y crisis de ansiedad, precisando una sola asistencia facultativa para sanar.
La perjudicada renunció al ejercicio de acciones civiles."
Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo: " Que debo CONDENAR Y CONDENO al acusado Alberto como autor penalmente responsable de un delito de violencia en el ámbito familiar, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de NUEVE MESES DE PRISIÓN con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de tres años, con pena accesoria de prohibición de aproximación a la víctima, Leticia, y a su domicilio a menos de 300 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, por período de dos años, y al pago de costas procesales."
Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Alberto, fundamentándolo, en...
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