DECRETO 254/2008, de 16 de diciembre, por el que se prorroga la vigencia del Decreto 84/2007, de 3 de abril, de adopción de medidas excepcionales y de emergencia en relación con la utilización de los recursos hídricos.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

254/2008, de 16 de diciembre, por el que se prorroga la vigencia del Decreto 84/2007, de 3 de abril, de adopción de medidas excepcionales y de emergencia en relación con la utilización de los recursos hídricos.

La extraordinaria escasez de precipitaciones durante parte del año 2006 y principios del 2007 provocó un importante descenso de las reservas de agua embalsadas y de los niveles de los acuíferos. En consecuencia, con el fin de garantizar en la medida de lo posible el abastecimiento domiciliario de agua, el Gobierno, haciendo uso de la habilitación contenida en el artículo 31.2.c) del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, dictó el Decreto 84/2007, de 3 de abril, de adopción de medidas excepcionales y de emergencia en relación con la utilización de los recursos hídricos.

A pesar de la aplicación de las medidas contenidas en el citado Decreto, dirigidas a reducir las dotaciones y aplicar restricciones a los diferentes usos, haciéndose más intensas en función del volumen de reservas disponibles en los embalses, y de la extraordinaria respuesta ciudadana en la adopción de medidas de ahorro, la persistente falta de precipitaciones durante el otoño de 2007 y las correspondientes previsiones meteorológicas no permitían prever una mejora de la situación de sequía a corto plazo, lo que hacia necesario mantener vigentes las medidas establecidas más allá del año 2007. Por este motivo el Gobierno aprobó el Decreto 257/2007, de 27 de noviembre, mediante el que se prorrogaba la vigencia del Decreto 84/2007, de 3 de abril, hasta finales del año 2008.

Las peores previsiones se hicieron efectivas, de manera que en el transcurso del primer trimestre de 2008 los umbrales de las reservas embalsadas se situaron alrededor del 20%, umbral por debajo del que se entraba en situación de emergencia y en que ya se podía producir una afección directa al abastecimiento de la población.

El mantenimiento de las medidas prorrogadas, junto con las precipitaciones de los meses de mayo y junio, permitieron aligerar la crítica situación sufrida en algunas cuencas, las cuales, a pesar de encontrarse en mejor situación, no se podía descartar que a corto plazo volviesen a situarse en un escenario de excepcionalidad. Esta eventualidad determinó que se aprobase el Decreto 108/2008, de 15 de mayo, que modificaba el Decreto 84/2007, de 3 de...

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