Varia

AutorLa Redacción
Páginas171-172

Page 171

Moral y Derecho.

  1. Max Kaser publica un interesante1 trabajo sobre la "Rechtswidrigkeit und Sittenwidrigkeit im klassischen roemischen Recht" ("Antijuridicidad y antimoralidad en el Derecho romano clásico"), en Sauigny-Zeitschrift (tomo LX, 1940, págs. 95 a 150). El autor inicia su artículo con el siguiente párrafo: "En diferentes exposiciones podíamos comprobar que los romanos han distinguido, de manera rigurosa y relativamente temprano (probablemente desde la época de las XII tablas). Derecho y Moral. Invocamos para probar esta tesis la separación del procedimiento judicial de la Jurisdicción moral de los censores, la división entre poder jurídico y deber moral en las diferentes relaciones y, finalmente, la teoría romana de las fuentes." En lo que sigue investiga Kaser la relación de la conducta antimoral con la conducta antijurídica. El problema principal reside, en saber si los censores, defensores del orden moral, intervenían también contra personas, que estaban ya sometidas a los Tribunales por infracciones de índole jurídica.

    El autor mantiene, en primer lugar, que dado el libre arbitrio de los censores, no se debe poner en duda el derecho de los censores de castigar por antimoral una conducta ya castigada por ser antijurídica. En segundo lugar, investiga Kaser si este doble castigo (moral y jurídico) fue corriente o sólo un procedimiento excepcional. Kaser adopta esta última alternativa, ya que encuentra sólo cuatro casos en que sePage 172atestigua en las fuentes con seguridad la doble intervención de los censores y de los jueces contra la misma conducta. En lo referente a la terminología, expresan los juristas clásicos los mandamientos y prohibiciones morales con los términos de "boni" y "mali mores", con "honestus" y sus derivaciones y con "turpis" y sus formas derivadas. Se discute si las palabras "contra bonos mores" significaban ya en los tiempos clásicos una infracción del orden ético (así Kaser), o si adquirían este sentido en tiempos postclásicos (así Mezger: Stipulationen und letztwillige Verfuegungen contra bonos mores; 1929), significando en tiempos clásicos una conducta que se opone a los principios generales del orden jurídico que se derivan del conjunto de las disposiciones particulares de la Ley (así Koschembahr-Lyskowski: Mél. Cornil, tomo II, 1926, págs 22, 24, 33). Las voces "turpítudo" y "honestas" giran en torno de la existencia o ausencia de un reproche de culpabilidad, que dimana de la infracción de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR