STSJ Comunidad de Madrid 20083/2007, 5 de Junio de 2007

PonenteJOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
ECLIES:TSJM:2007:6662
Número de Recurso1698/2003
Número de Resolución20083/2007
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 20083/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SENTENCIA Nº 20083

ILTMOS. SRES.:

MAGISTRADOS:

Don Jose Luis López Muñiz Goñi

Don José María del Riego Valledor

Don José Ramón Jiménez Cabezón

En Madrid, a 5 de junio de dos mil siete.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, integrada por los Magistrados arriba indicados, el presente recurso 1698/2003, en el que se impugna:

La Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha de 26 de marzo de 2003 (reclamación 732/00 y 5490/00), sobre IVA y providencia de apremio.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: WINTERSHALL, AG, Sucursal General en España, representada por el Procurador D. Santos de Gandarillas Carmona.

Como demandado: el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, representado y asistido por el Abogado del Estado.

La cuantía del presente recurso es 129.691 euros que reclama en concepto de responsabilidad patrimonial y 117.796 euros en concepto de intereses de demora por el retraso en la devolución de cuotas del IVA.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José María del Riego Valledor

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia que declare la nulidad de la resolución impugnada.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia de desestimación del recurso.

TERCERO

No se recibió el recurso a prueba y se señaló para deliberación y fallo el día 31 de mayo de 2007.

CUARTO

El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al Acuerdo nº 11 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de fecha 24 de enero de 2007, que confirió comisión de servicios, sin relevación de funciones, en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los Magistrados que se citan en el encabezamiento de esta sentencia, los dos primeros Presidente de la Sección 7ª y Magistrado de la Sección 6ª, respectivamente, de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, y el tercero Magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 28 de Madrid.

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso la Resolución del TEAR de Madrid, de 26 de marzo de 2003, sobre IVA del ejercicio 1997 y providencia de apremio.

Son antecedentes fácticos a tener presentes en esta sentencia:

El 14 de septiembre de 1999 la Inspección de Hacienda de la Delegación en Madrid de la AEAT formalizó acta A02, número 70186000, con la disconformidad de la parte actora en este recurso, WINTERSHALL, AG, Sucursal General en España, por el concepto IVA; ejercicio 1999.

En dicha acta se indica que la recurrente había solicitado devolución de cuotas del IVA, correspondientes al ejercicio 1997, por importe de 73.073.722 pesetas, si bien la inspección consideró que no se trataba de cuotas deducibles por no haber acreditado la recurrente el inicio de su actividad.

El jefe de la Oficina Técnica dictó acto administrativo de liquidación tributaria, de fecha 29 de noviembre de 1999, de conformidad con la propuesta de regularización de inspección, del que resulta una deuda tributaria por importe de 13.810 pesetas (12.388 pesetas de cuota y 1.422 pesetas de intereses de demora).

El 10 de febrero de 2000 la Delegación de Madrid dicta providencia de apremio, número de referencia A2860099020026974, sobre la liquidación anterior, de la que resulta una deuda de 16.572 pesetas (13.810 pesetas de importe principal y 2.762 pesetas de recargo de apremio.

La sociedad actora interpuso reclamación económico administrativa contra la liquidación por IVA del ejercicio 1997 (reclamación 732/00) y contra la providencia de apremio (reclamación 5490/00).

El TEAR de Madrid, tras la acumulación de las reclamaciones económico administrativas a que se ha hecho referencia, dictó Resolución de 26 de marzo de 2003, que acordó: a) estimar en parte la reclamación económico administrativa 732/00, anulando el acuerdo impugnado para que por el órgano de gestión se proceda en la forma expuesta en el fundamento de derecho sexto, y b) estimar la reclamación 5490/00, anulando el acto impugnado.

Esta Resolución del TEAR constituye el objeto del presente recurso contencioso administrativo.

SEGUNDO

La parte actora alega en su demanda:...

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