DECRETO 267/1993, de 8 de octubre, por el que se aprueban los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministros mediante los sistemas de adjudicación por subasta, concurso y contratación directa.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

El Reglamento General de Contratación del Estado prevé la posibilidad de establecer los llamados Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares como elemento de agilización y simplificación del procedimiento de contratación administrativa.

Como consecuencia de la necesidad de proceder a una homogeneización de los instrumentos de contratación utilizados por los distintos Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma como órganos de contratación, por Decreto 252/1993, de 24 de septiembre, se atribuye al Gobierno la competencia para la aprobación de los distintos Pliegos Tipo a utilizar en función de cuál sea el objeto de la contratación a realizar.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 8 de octubre de 1993,

D I S P O N G O:

Uno.- 1. Aprobar los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación, en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria, de suministros, mediante los sistemas de adjudicación por subasta, concurso y contratación directa en los términos de los anexos I, II y III adjuntos al presente Decreto.

2. La modificación sustancial de alguna de las Cláusulas de los Pliegos Tipo no eximirá de informe del Servicio Jurídico requerido en el artículo 83 del Reglamento General de Contratación del Estado.

Dos.- Las referencias contenidas en los Pliegos Tipo relativas a plazos, cuantías y/o porcentajes quedarán automáticamente actualizadas cuando sean modificadas por disposiciones posteriores de igual o superior rango.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de octubre de 1993.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Miguel González Hernández.

A N E X O I

PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO MEDIANTE SUBASTA

I

DISPOSICIONES GENERALES

1. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato será la realización del suministro de ........................ con la finalidad de .................... .

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

2.1. El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Comunidad Autónoma de Canarias, es .......................................................................... .

2.2. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo, y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarlo y acordar su resolución, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.

3. RÉGIMEN JURÍDICO

La contratación a que sirve de base este Pliego tiene carácter administrativo, y ambas partes quedan sometidas a la Ley de Contratos del Estado (L.C.E.), al Reglamento General de Contratación del Estado (R.G.C.E.) y a las Cláusulas contenidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones que regulan la contratación administrativa del Estado, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.

4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN

4.1. El presupuesto máximo de licitación será de ................. pesetas, siendo los precios máximos por lotes los siguientes: ......................................... .

Se encuentra incluido en dicho presupuesto el importe correspondiente a la instalación de dicho suministro, importando el ........ % del presupuesto de licitación del total y de cada uno de los lotes en su caso.

4.2. La previsión inicial respecto del número de unidades a suministrar en un determinado lote, podrá incrementarse como consecuencia del ahorro que pudiera producirse por el precio a la baja ofertado para dicho lote por el licitador que resulte adjudicatario del contrato.

4.3. Serán rechazadas las ofertas que excedan del precio fijado, ya sea respecto del total o de cada uno de los lotes a los que liciten, en su caso.

5. EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO

Existe el crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación, con cargo a la partida presupuestaria ......................................., proyecto de inversión ............................................................... .

6. REVISIÓN DE PRECIOS (ÚNICAMENTE EN SUPUESTOS DE CONTRATOS DE FABRICACIÓN)

A la presente contratación (SI/NO) le será aplicada fórmula de revisión de precios: ..................... .

7. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo máximo de entrega del suministro será de ....... meses, fijándose los siguientes plazos y entregas parciales: .............................................. .

II

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

8. FORMA DE ADJUDICACIÓN

El contrato se adjudicará por el sistema de subasta, procedimiento abierto.

9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

9.1. Estarán facultadas para contratar las personas naturales y jurídicas, españolas y extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artº. 9 de la L.C.E., extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artº. 23 del R.G.C.E.

9.2. Los que contraten con la Administración podrán hacerlo por sí o mediante representación de personas autorizadas con poder debidamente bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

10. FIANZA PROVISIONAL (SI/NO)

Los licitadores deberán constituir fianza provisional por importe equivalente al 2% del presupuesto de licitación de la totalidad de los lotes, siendo de aplicación las normas de constitución y requisitos previstos para la fianza definitiva en la cláusula 19 del presente Pliego, a excepción de la exigencia de su depósito en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias o en la Caja General de Depósitos.

11. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

11.1. Las proposiciones se presentarán en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalados en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial de Canarias y, en su caso, en el Diario Oficial de la Comunidad Europea.

11.2. El plazo de presentación de las proposiciones se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias o en la fecha que se establezca en el propio anuncio.

11.3. La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas que se indiquen en el anuncio de licitación, o bien mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de la imposición del envío en la oficina de correos, y anunciar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición en el caso de que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.

No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.

11.4. La presentación de las proposiciones supone la presunción de que el licitador acepta, de modo incondicional, las cláusulas del Pliego.

11.5. Los interesados podrán examinar el Pliego y el resto de la documentación en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación.

12. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES

12.1. La proposiciones constarán de dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, en cada uno de los cuales se hará constar su respectivo contenido y el nombre del licitador.

12.2. Sobre nº 1: deberá tener el siguiente título: ¿Documentación general para la subasta del suministro de .............................................¿, siendo su contenido el siguiente:

12.2.1. El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:

12.2.1.1. Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales, o escritura de constitución de sociedad o de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, si el empresario fuera persona jurídica.

12.2.1.2. Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar el correspondiente poder (debidamente inscrito en el Registro Mercantil, en su caso, si representa a una sociedad) bastanteado por el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

12.2.1.3. Si varias empresas acuden a la licitación constituyendo una agrupación temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, y designando la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración.

12.2.2. Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante autoridad judicial, administrativa, Notario u Organismo profesional cualificado, de no hallarse en alguna de las circunstancias que le incapaciten para contratar con la Administración Pública, referidas en el artº. 23 del R.G.C.E.

12.2.3. Resguardo de haber constituido, en su caso, la fianza provisional.

12.3. Sobre nº 2: deberá tener el siguiente título:

¿Proposición económica para la subasta del suministro de ........................................¿, y su contenido será redactado según el modelo anexo I al Pliego, escrito a máquina, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, en cuyo caso la proposición sería rechazada.

12.3.1. Los licitadores podrán presentar sus proposiciones económicas referidas a uno, a varios, o a la totalidad de los lotes, según las prescripciones técnicas...

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