STSJ Comunidad Valenciana 374/2006, 24 de Mayo de 2006

PonenteAGUSTIN MARIA GOMEZ-MORENO MORA
ECLIES:TSJCV:2006:2295
Número de Recurso1908/2004/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución374/2006
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número: 1908/04

S E N T E N C I A N º 374

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. EDILBERTO NARBON LAINEZ

Magistrados

D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA

D. AGUSTIN GOMEZ MORENO MORA

En Valencia, a veinticuatro de mayo de dos mil seis.

Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 1908/04 promovido por la Procuradora Maria Alcalá Velazquez en nombre y representación de TRANSFER-REIG S.L., contra desestimación presunta por falta de resolución expresa del TEAR de Valencia en las reclamaciones nº 3/3770/00 y 3/3771/00 sobre impuesto sobre sociedades, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiendose recibido el proceso a prueba, se dio traslado a las partes para que presentaran escrito de conclusiones, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día once de mayo del presente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. AGUSTIN GOMEZ MORENO MORA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demandante esgrime como motivos de impugnación, en primer lugar el pleno cumplimiento de los requisitos previstos en el art.2.2 de la L. 22/93 para acceder a la bonificación del 95% de la cuota integra en IS, en segundo lugar en la falta de motivación de las actas de la inspección y de la liquidación tributraria, en tercer lugar, en la infracción legal relativa al modo de iniciarse las actuaciones inspectoras, es decir falta de título habilitador para el inicio conforme a Ley de las actuaciones inspectoras, (art. 29 RGI), en cuarto lugar, alega la prescripción de la liquidación tributaria incorporada a las actas de inspección, art. 31.4 del RGIGT y art. 29 de la L: 1/98 de derechos y garantias de los contribuyentes por suspensión de las actuaciones durante mas de 6 meses, entre diligencia de 28-9-99 y la firma de las actas el 26-4-00 lo que conforme al art. 31.4 implicaría la no interrupción el plazo prescriptiro respecto a IS/94 al iniciarse a tales efectos el computo el 25-6-95 y, por último alega la duración de las actuaciones inspectoreas dado que el inicio se notifico el 13-6-99 y el acuerdo lo fue el 13-6-00 lo que evidencia un exceso respecto a los doce meses previstos como máximo en el art. 29 de la L: 1/98.

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