STSJ Canarias , 21 de Diciembre de 2004

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SOTORRIO
ECLIES:TSJICAN:2004:5713
Número de Recurso327/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA 985 ILMO. SR. PRESIDENTE D./Dña. Angel Acevedo Campos ILMO./A. SRES./AS. MAGISTRADOS/AS D./Dña. María del Pilar Alonso Sotorrío (Ponente) D./Dña. Ana T. Afonso Barrera

En Santa Cruz de Tenerife , a 21 de diciembre del 2.004 .

Visto por esta TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. Sección Primera. con sede en Santa Cruz de Tenerife , integrada por los Sres.

Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso-Administrativo número 0000327/2003 , interpuesto por Lázaro , representado el Procurador de los Tribunales D./Dña. BEGOÑA PINTADO GONZÁLEZ y dirigido por la Abogada D./Dña. ADELA PÉREZ BAEZ , contra TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANARIAS , habiendo comparecido, en su representación y defensa D./Dña. ABOGADO DEL ESTADO , que tiene por objeto la impugnación de RESOLUCIÓN DE FECHA 28 DE FEBRERO DEL 2.002 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Pretensiones de las partes y hechos en que las fundan A. Por el TEAR de Canarias, sala de Santa Cruz de Tenerife, se dictó resolución de fecha 28 de febrero del 2002 por la que se desestimó la reclamación económica-administrativa interpuesta contra la liquidación provisional NUM000 girada por la Administración de Hacienda de Santa Cruz de Tenerife por importe de 1886.65 euros, correspondiente al IRPF del ejercicio de 1999 .

  1. La representación de la actor interpuso recurso contencioso administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que, se declare: nulidad desde el inicio y no conforme a derecho, revocando el acto impugnado, con expresa imposición de costas .

  2. La representación procesal de la Administración demandada se opone a la pretensión actora y solicita se dicte sentencia que desestime el recurso interpuesto y declare la conformidad de los actos impugnados con el ordenamiento jurídico, condenando en costas a la recurrente.

  3. La cuantía del presente recurso asciende a 1886.65 euros.

SEGUNDO

Pruebas propuestas y practicadas.

Practicada la prueba pertinente, las partes formularon conclusiones y señalado día para votación y fallo tuvo lugar la reunión del Tribunal el día señalado al efecto. Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Ha sido ponente el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado D./Dña. María del Pilar Alonso Sotorrío .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto del recurso. Constituye el objeto del recurso examinar la conformidad o no a Derecho del acto administrativo por el que se desestima la reclamación económica-administrativa interpuesta contra la liquidación provisional girada por la Administración de Hacienda de Santa Cruz de Tenerife, en concepto de IRPF relativo al ejercicio de 1999, por importe de 1886.65 euros. .

La representación procesal de la parte actora postula su nulidad, por las consideraciones siguientes:

EL art. 17.2 a) de la Ley 40/98 prevé una reducción del 30 por ciento respecto a los rendimientos que tengan la calificación de irregulares.

Es de aplicación el art. 10.1 e) y 3 del RD 214/99 , conforme al cual es de aplicación dicha reducción a las cantidades que se obtengan en compensación o reparación de complementos salariales, pensiones o anualidades de duración indefinida. La Administración demandada contesta a la demanda solicitando su desestimación, en base a los siguientes argumentos: Reitera los fundamentos contenidos en la resolución impugnada.

Los rendimientos obtenidos por el recurrentes lo son de forma mensual, sin tener un periodo de generación superior a dos años. La cuantía percibida no está en relación con la antigüedad y el...

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