El Tribunal Supremo se pronuncia sobre las indemnizaciones impuestas por el cártel de camiones

AutorvLex

El Tribunal Supremo se ha pronunciado en quince sentencias sobre las acciones de reclamación de daños por el cártel de camiones. Los recursos interpuestos afectan a los siguientes cinco fabricantes: MAN, DAF, IVECO, DAIMLER MERCEDES y VOLVO/RENAULT.

Las cuestiones sobre las que se ha pronunciado Sala Primera del Tribunal Supremo del Tribunal Supremo son las siguientes:

  • Contenido y alcance de la Decisión de la Comisión Europea de 19 de julio de 2016, que sancionó a dichos fabricantes. Se declara que los acuerdos colusorios tuvieron por objeto la fijación de precios e incrementos de precios brutos en el Espacio Económico Europeo (EEE) y no simplemente un intercambio de información.

“Como conclusión de lo expuesto, aunque sea discutible que pueda calificarse como aplicación de la doctrina ex re ipsa, el razonamiento seguido por la Audiencia Provincial ha sido correcto: ha existido una infracción del Derecho de la competencia de enorme gravedad por su duración (14 años), por su extensión espacial (todo el EEE), por la cuota de mercado de los fabricantes implicados en el cártel (aproximadamente un 90%) y, debe añadirse, por la naturaleza de los acuerdos colusorios (no solo el intercambio de información sobre datos concurrenciales sensibles sino también la discusión y acuerdos sobre fijación e incremento de precios brutos)”.

  • El hecho de que existieran descuentos en la comercialización de los camiones no impide concluir que el cártel ha causado daño a los compradores de camiones, pues si se parte de un precio bruto superior imputable al cártel, el precio final también será más elevado.

“Otra razón que las recurrentes esgrimen para impugnar la conclusión de la sentencia recurrida de que el cártel produjo un daño consistente en la elevación artificial del precio de los camiones es la existencia en ese sector de descuentos en el precio final pagado por los adquirentes de los camiones. Este argumento no podemos aceptarlo. Esos descuentos, que dependen principalmente del poder de negociación del cliente, se producen haya o no acuerdo colusorio. Y no se ha probado que la política de descuentos haya nacido como consecuencia del cártel”

  • Se considera correcta la estimación del daño (sobreprecio) en el porcentaje del 5% del precio de adquisición del camión mientras no se pruebe que la cuantía del daño es superior o inferior a esta estimación.

“Para que se hubiera producido la vulneración del principio de indemnidad habría sido necesario que se hubiera probado que el daño efectivamente sufrido por el demandante fue superior al 5% del precio del camión, que ha sido la indemnización fijada por la Audiencia Provincial. Al no haberse probado tal extremo, el principio de íntegra reparación del daño no ha sido infringido. El principio de íntegra reparación del daño no impone la aceptación incondicionada del informe pericial de valoración del daño que aporte el perjudicado”.

  • Procede el pago de intereses de la indemnización desde el momento en que se produjo el daño (el pago del precio del camión) porque es una medida necesaria para que el resarcimiento sea pleno, y no porque se haya producido un retraso en el pago.

“La sentencia recurrida, al condenar a las demandadas al pago de los intereses legales de la indemnización desde la fecha de la producción del daño (fecha de la compra del camión con sobreprecio), es conforme con esta jurisprudencia. No se trata por tanto de una indemnización por mora, basada en los arts. 1101 y 1108 CC, sino de una medida destinada a que el resarcimiento del daño sufrido por la víctima de la conducta infractora del Derecho de la competencia sea pleno, contrarrestando el efecto del transcurso del tiempo entre el momento de la producción del daño y el momento en que se acuerda la reparación de dicho daño. Se trata de una exigencia derivada del art. 101 TFUE, en la interpretación que le ha dado la jurisprudencia del TJUE”

Pese a no encontrarse todavía disponibles las sentencias se acompaña un listado de las mismas a continuación;

  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 923/2023, de 12 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 924/2023, de 12 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 925/2023, de 12 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 926/2023, de 12 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 927/2023, de 12 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 928/2023, de 12 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 939/2023, de 13 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 940/2023, de 13 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 941/2023, de 13 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 942/2023, de 13 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 946/2023, de 14 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 947/2023, de 14 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 948/2023, de 14 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 949/2023, de 14 de junio de 2023
  • Sentencia del Tribunal Supremo núm. 950/2023, de 14 de junio de 2023

Fuente: Comunicación del Tribunal Supremo

Documentos relacionados

Artículos doctrinales

  • La prescripción de las acciones de daños por infracciones del derecho de la competencia. El régimen aplicable ratione temporis tras la Sentencia Volvo Trucks. Revista Jurídica sobre Consumidores y Usuarios. Núm. 12. Aspectos problemáticos del cártel de coches y camiones, Octubre 2022. Escrito por Patricia Liñán Hernández. Profesora asociada de Derecho de la Unión Europea.
  • Sobre la recopilación jurisprudencial y legislativa sobre la afectación por el cártel de coches y camiones. Revista Jurídica sobre Consumidores y Usuarios. Núm. 13, Febrero de 2023. Escrito por Marta Matamoros Llurba. Doctorada en Derecho.
  • Legitimación pasiva y competencia territorial en las acciones antitrust derivadas del cártel de los camiones. Revista de Derecho Procesal. Núm 2/2022, Diciembre 2022. Escrito por Noemí Jiménez Cardona. Profesora del Departamento de Derecho Privado (sección de Derecho Mercantil) Universitat de Barcelona.

Webinars

  • Los procesos judiciales derivados del cártel de coches y camiones. Webinars de Actualidad (Octubre 2022). Federico Adan. Catedrático de Derecho Procesal URV. Roberto Niño. Magistrado de la Audiencia Provincial de Tarragona.Cristina Borrello. Abogada. Juana Maria Alemany. Economista y perito judicial.

Formularios

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR