STSJ Castilla y León 396/2007, 2 de Marzo de 2007

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2007:1495
Número de Recurso1831/2001
Número de Resolución396/2007
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 396

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA

DON RAMON SASTRE LEGIDODON EZEQUIAS RIVERA TEMPRANO

En Valladolid, a dos de marzo de dos mil siete.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León de 6 de junio de 2000 que desestima la reclamación económico-administrativa núm. NUM000 , interpuesta contra el acuerdo del Servicio de Economía y Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia de 30 de mayo de 1997, dictado en el expediente núm. NUM001 , sobre comprobación de valores en el que se fija como base imponible del bien al que se refiere la cantidad de 8.847.459 pesetas, a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como contra las liquidaciones núms. NUM002 , con un importe total a ingresar de 476.018 pesetas, NUM003 , con un importe total a ingresar de 730.566 pesetas, y NUM004 , con un importe total a ingresar de 561.858 pesetas.

Son partes en dicho recurso: como recurrente DON Rubén , representado por la Procuradora Dª Filomena Herrera Sánchez, bajo la dirección del Letrado D. José Luis Hernández Gajate.

Como demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y LEON, representada y defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando íntegramente el presente recurso: 1º) Se anule, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León de fecha 6 de junio de 2000, que desestimó la reclamación NUM000 interpuesta por mi representado frente al acuerdo de notificación de comprobación de valores, determinación de los mismos, liquidación complementaria y aplicación de la Disposición Adicional 4ª de la Ley de Tasas 8/89 , realizado por el Servicio Territorial de Economía y Hacienda, Sección de Impuestos Indirectos de la Junta de Castilla y León, Delegación Territorial en Palencia, de fecha 30-5-97, notificado a mi representado el 30-06-97; 2º) se anule en consecuencia las liquidaciones complementarias aludidas por importe de 476.018 pesetas, 730.566 pesetas, ambas en concepto de aplicación de la disposición adicional cuarta de la Ley de Tasas 8/89 , y 561.858 pesetas, en concepto de transmisiones patrimoniales liquidación complementaria, que no cumplía la Ley de Tasas; y 3º) se condene a la Administración Tributaria al pago de las costas de este proceso.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación del Letrado de la Administración Autonómica codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, por ser el acto administrativo en cuestión conforme a derecho, así como la imposición de las costas a la parte recurrente.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba practicándose con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Presentados escritos de conclusiones, se declararon conclusos los autos y se señaló para votación y fallo del presente recurso el día 27 de febrero de 2007.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representaciónprocesal de D. Rubén la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León de 6 de junio de 2000 que desestima la reclamación económico- administrativa núm. NUM000 , interpuesta contra el acuerdo del Servicio de Economía y Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia de 30 de mayo de 1997, dictado en el expediente núm. NUM001 , sobre comprobación de valores en el que se fija como base imponible del bien al que se refiere la cantidad de 8.847.459 pesetas, a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como contra las liquidaciones núms. NUM002 , con un importe total a ingresar de 476.018 pesetas, NUM003 , con un importe total a ingresar de 730.566 pesetas, y NUM004 , con un importe total a ingresar de 561.858 pesetas, y se pretende por la parte actora que se anula la Resolución impugnada así como el acuerdo de comprobación de valores al que se refiere, y las liquidaciones giradas en virtud de esa comprobación.

Frente a ello, tanto la Abogacía del Estado, en la representación de la Administración General del Estado que legalmente ostenta, como la representación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León han solicitado la desestimación del presente recurso.

SEGUNDO

Para la resolución de este proceso han de destacarse los siguientes...

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