Transporte terrestre

Páginas247-276
TRANSPORTE TERRESTRE
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Revista de Derecho del Transporte
N.º 26 (2020): 247-276
TRANSPORTE TERRESTRE *
SUMARIO: A. LEGISLACIÓN: I. Europea. II. Nacional. III. Autonómica.—B. JURISPRUDENCIA: I. Reseñas de ju-
risprudencia: 1. Tribunal Supremo: a) Taxis y autorizaciones VTC. b) Transporte nacional de mercancías por
carretera (CMR). 2. Tribunales Superiores de Justicia: a) Taxis y autorizaciones VTC. b) Juntas Arbitrales del
Transporte. 3. Audiencias Provinciales: a) Transporte nacional de mercancías por carretera: a’) Precio del trans-
porte. b’) Acción directa del porteador efectivo. c’) Responsabilidad del porteador. b) Transporte internacional de
mercancías por carretera (CMR). c) Transporte por ferrocarril de pasajeros. d) Juntas Arbitrales del Transporte.
e) Competencia de los Juzgados de lo Mercantil. f) Logística. 4. Juzgados de lo Mercantil: a) Transporte nacio-
nal de mercancías por carretera. a’) Acción directa del porteador efectivo. b’) Transporte sucesivo. 5. Juzgados
de Primera Instancia. 6. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.—C. DERECHO DE LA COMPETENCIA:
Expedientes sancionadores y de vigilancia: a) Aragón. b) Cataluña. c) Galicia.—D. RECENSIONES Y BIBLIO-
GRAFÍA: I. Recensiones: 1. Basoredo-Otzerinjauregi, Irati, La asignación del riesgo de la contraprestación en la
compraventa internacional por tipo de mercancía y modelo de contrato, Pamplona, Thomson Reuters Aranzadi,
1.ª ed., 2018, 276 pp., ISBN: 9788491974475, por Juan José Álvarez Rubio. II. Bibliografía.
SUMMARY: A. LEGISLATION: I. European. II. National. III. Regional.—B. COURT DECISIONS: I. Reviews of Court
decisions: 1. Supreme Court: a) Taxis and VTC authorizations. b) National carriage of goods by road (CMR).
2. High Courts of Justice: a) Taxis and VTC authorizations. b) Arbitration Boards of Transport. 3. Provincial
Courts: a) Domestic carriage of goods by road: a’) Transport price. b’) Direct action of the actual carrier. c’) Car-
rier’s liability. b) International carriage of goods by road (CMR). c) Carriage by rail. d) Arbitration Boards of Trans-
port. e) Commercial Courts Competence. f) Logistics. 4. Commercial Courts: a) Domestic carriage of goods by
road: a’) Direct action of the actual carrier. b’) Succesive Transport. 5. Courts of First Instance. 6. Contentious
Administrative Courts.—C. COMPETITION LAW: Disciplinary and surveillance proceedings: a) Aragón. b) Cata-
luña. c) Galicia.—D. BOOK REVIEWS AND BIBLIOGRAPHY: I. Book reviews: 1. Basoredo-Otzerinjauregi, Irati,
La asignación del riesgo de la contraprestación en la compraventa internacional por tipo de mercancía y modelo
de contrato, Pamplona, Thomson Reuters Aranzadi, 1.ª ed., 2018, 276 pp., ISBN: 9788491974475, by Juan José
Álvarez Rubio. II. Bibliography.
A. LEGISLACIÓN
I. EUROPEA
Reglamento de ejecución (UE) 2020/572, de 24 de abril, relativo a la estruc-
tura de presentación de información a la que deberán atenerse los informes de
investigación de accidentes e incidentes ferroviarios (
DO
L de 27 de abril de 2020,
núm. 132, pp. 10 y ss.).
En el presente Reglamento de Ejecución, la Comisión ha acordado la estructura
básica de los informes de investigación de accidentes e incidentes ferroviarios, con
el objetivo de garantizar la seguridad en el espacio ferroviario europeo único. De
* Coordina esta Sección: Fernando JUAN Y MATEU (F. J. M., Universitat Jaume I de Castellón).
Colaboran en este número: Unai BELINTXÓN MARTÍN (U. B. M., Universidad Pública de Navarra),
Silvia BOBOC (S. B., Universitat Jaume I de Castellón), Diego CRUZ RIVERO (D. C. R., Universidad de
Sevilla), Belén GARCÍA ÁLVAREZ (B. G. A., Universidad de Deusto), Marta MUNDO GUINOT (M. M. G.,
Universitat Jaume I de Castellón), María Isabel RIVAS CASTILLO (M. I. R. C., Universidad de Cádiz), Stella
SOLERNOU SANZ (S. S. S., Universidad de Deusto), Ciara VICENTE MAMPEL (C. V. M., Universitat Jaume I
de Castellón) e Itziar VILLAFÁÑEZ PÉREZ (I. V. P., Universidad del País Vasco).
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esta forma será más fácil, rápido y útil compartir la información contenida en esos
informes emitidos por diferentes autoridades o agencias de los Estados miembros.
La Agencia ferroviaria de la Unión Europea es la encargada de recopilar los infor-
mes y desde el año 2016 cuenta con una base de datos que se puso a disposición
del público. Con el presente Reglamento se aprueba la estructura común que de-
berán tener los informes sobre accidentes e incidentes ferroviarios. Los informes
deberán dividirse en seis partes: resumen y descripción del accidente; datos de la
investigación en su contexto y razones que han llevado a iniciar la investigación de
ese incidente o accidente; descripción detallada de lo ocurrido; hechos probados y
resultados, entidades implicadas, material afectado, etc.; conclusiones y por último,
las recomendaciones (M. I. R. C.).
II. NACIONAL
Real Decreto ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas ur-
gentes para responder al impacto económico de la covid-19 (
BOE
núm. 65, de 13
de marzo de 2020).
Desde hace algunos meses el epicentro de actuación mundial está siendo sin duda
la lucha contra un nuevo virus letal que ha llegado a nuestras vidas, y no sabemos
aún si lo ha hecho para quedarse: la covid-19. Ello ha movido, mejor dicho, ha re-
movido los pilares de nuestra vida en todos sus aspectos: social, familiar, cultural,
laboral, sanitario y por supuesto económico. Todos los gobiernos, unos antes y otros
con retraso, ya son conscientes del impacto sanitario del virus covid-19, pero tam-
bién de los efectos que va a ocasionar sobre la economía a cualquier escala: local,
autonómica, nacional y mundial.
En enero de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) alertaba de la pe-
ligrosidad del nuevo virus, y mientras algunos gobiernos, como el nuestro, esperaron
para comenzar a adoptar medidas, otros dieron el pistoletazo de salida para hacer
frente a la pandemia cuanto antes. Y no sería hasta el 10 de marzo cuando nuestro
Gobierno empezó a adoptar las primeras medidas, primero de orden sanitario, y
varias días más tarde de contenido económico; su objetivo: responder al impacto
económico negativo de la covid-19. Con fecha de 12 de marzo se aprobó el Real De-
creto ley 7/2020, sobre tres pilares de actuación: medidas de refuerzo en el ámbito
sanitario, de apoyo a la familia, y medidas de apoyo al sector turístico. Sin duda,
uno de los sectores económicos que se está viendo más afectado por la crisis es el
turístico, pues solo tenemos que pensar en las restricciones a la libre circulación de
las personas y en la escasa demanda de servicios turísticos ante un horizonte de in-
certidumbre. Es en este último en el que vemos afectado el sector de los transportes.
Respecto al turismo, la Organización Mundial del Turismo (OMT) viene aler-
tando desde los primeros días del mes de marzo sobre el intenso descenso que se
experimentará en el turismo internacional durante los próximos meses, llegando a
rozar caídas de hasta siete puntos respecto a las previsiones que para el año 2020 se
tenían antes de la pandemia. No olvidemos que el sector turístico más que cualquier
otra actividad económica con impacto social se basa en la interacción de las perso-
nas, una realidad lejos de las posibilidades actuales. Por ello, la OMT está trabajando
en colaboración con la OMS para encontrar soluciones óptimas, entre otras, elabo-

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