STSJ Murcia 24/2007, 26 de Enero de 2007
Ponente | JOAQUIN MORENO GRAU |
ECLI | ES:TSJMU:2007:1363 |
Número de Recurso | 1901/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 24/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA nº 24/07
En Murcia a veintiséis de enero de dos mil siete.
En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 1.901/03, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía 10.589,80 euros y referido a: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Parte demandante:
Caja de Ahorros de Murcia, representada por la Procuradora Dª. Marita Martínez Navarro y defendida por la Abogada Dª. Belén Molina Jordana.
Parte demandada:
LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.Parte codemandada:
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Acto administrativo impugnado:
Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 28 de febrero de 2003, desestimatoria de la reclamación económico administrativa nº 30/1725/01 presentada frente a liquidación definitiva nº LC/5929672001 por la que se practicó liquidación en relación con la transmisión producida en escritura de 21 de marzo de 1996 de cesión en pago de deudas y cancelación de hipoteca sobre una base imponible integrada por el valor de la deuda más el importe de las hipotecas que gravaban la finca, en cuyo pago se subrogó la adquirente.
Pretensión deducida en la demanda:
Que se dicte sentencia estimatoria del recurso en la que se declare lo siguiente: Que el fallo dictado por el TEARM no es conforme a derecho ordenando la anulación del mismo por ende de la liquidación LC/5926/2000 por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Que procede la imposición de las costas a la Administración demandada, incluyendo en este concepto el reembolsado a la actora del importe satifecho de la tasa por el ejerccio de la potestad jurisdiccional. Con carácter subsidiario, se declare el derecho de la actora a ser indemnizada por la Administración del perjuicio económico que ha supuestoel haber tenido que satisfacer la citada tasa para acceder a esta jurisdicción en demanda de tutela judicial.
Siendo Ponente el Magistrado el Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el 30-5-03, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda por ser conforme a derecho el acto impugnado.
La parte codemandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda por ser conforme a derecho el acto impugnado.
Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en autos y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 12-1-07.
Dirige la actora el presente recurso contencioso administrativo contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 28 de febrero de 2003, desestimatoria de la reclamación económico administrativa nº. 30/1725/01 presentada frente a liquidación definitiva nº LC/5929672001 por la que se practicó liquidación en relación con la transmisión producida en escritura de 21 de marzo de 1.996 de cesión en pago de deudas y cancelación de hipoteca sobre una base imponible integrada por el valor de la deuda más el importe de las hipotecas que gravaban la finca, en cuyo pago se subrogó la adquirente.
Por la referida escritura se realizó una cesión en pago de deudas y cancelación hipotecaria por Sanfrutas, S.L. y otras....
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