STSJ Andalucía , 4 de Abril de 2001

PonenteJOSE ANTONIO MONTERO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAND:2001:4673
Número de Recurso1924/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Ilmos. Magistrados:

Sr. D. Antonio Moreno Andrade.

Sr. D. Eduardo Herrero Casanova.

Sr. D. José Antonio Montero Fernández .

En la ciudad de Sevilla, a 4 de Abril de 2001.

Vistos los autos 1924/98, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora la entidad Mercantil Nuevo Quinto, S.A., representada por el Proc. Sr. Campos Vázquez y demandado el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado, actuando como codemandada la Consejería de Economía y Hacienda, representada y defendida por el Sr. Ldo. de la Junta de Andalucía, de cuantía fijada en 32.653 pesetas, y turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández, se ha dictado esta en base a los siguientes ANTECEDENTES PRIMERO: Interpuesto el recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del TEARA de fecha 25 de junio de 1998, recaída en la reclamación 41/3894/96, en concepto de Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por importe de 32.653 ptas., solicita el actor la anulación de la liquidación por haber prescrito el derecho de la Administración a liquidar la deuda puesto que entre el plazo del devengo, 9-3-89, a la notificación de la liquidación, 25-6- 1996, ha transcurrido el plazo quinquenal establecido legalmente, sin que concedida la exención provisional por tratarse de viviendas de protección oficial y transcurrido los tres años sin aportar la cédula de calificación definitiva, se perjudique el plazo de prescripción desde el devengo, aparte de que la Administración había tenido conocimiento de la imposibilidad de destinar la propia actora la finca a VPO. SEGUNDO: La parte demandada en su contestación a la demanda solicitó una sentencia confirmatoria de las Resoluciones recurridas. A la que se adhirió la codemandada.

TERCERO

Las partes presentaron en tiempo sus escritos de conclusiones.

CUARTO

Señalado día para su votación y Fallo esta tuvo lugar con el resultado que a continuación se expone.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Respecto de la cuestión de la prescripción, esta Sala se ha pronunciado con anterioridad sobre la cuestión y así sirva a lo que decimos la sentencia de la Sección 4ª. ponente Ilmo. Sr. Estepa Moriana, recaída en los autos 1018/95, de fecha...

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