STSJ Comunidad de Madrid 426/2008, 4 de Abril de 2008

PonenteGERVASIO MARTIN MARTIN
ECLIES:TSJM:2008:4526
Número de Recurso15/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución426/2008
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00426/2008

Lda. CAM

A de E

Proc. Sr. Vázquez Guillén

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

PONENTE SR. Gervasio Martín Martín

RECURSO Nº 15/04

S E N T E N C I A Nº 426/2008

Presidente Ilmo. Sr.

D. Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

Dª. Fátima de la Cruz Mera

En Madrid a cuatro de abril de 2008.

Vistos los autos del presente recurso n.º 15/04, que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha promovido la Letrada Dª Rocío Guerrero Ankersmit en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Madrid, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 5 de noviembre de 2003 que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 26 de noviembre de 2002 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid que estimó la reclamación promovida por DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES, S.A., ahora ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A. contra el acuerdo del Inspector Jefe de Tributos de la Comunidad de Madrid que acordaba gravar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con una deuda tributaria de 473.370,61 € la operación elevada a escritura pública el 30 de junio de 1995 por la que el Instituto de la Vivienda de Madrid ofreció unilateralmente a la citada entidad determinados aprovechamientos urbanísticos en pago de deudas existentes.

La cuantía del presente recurso es de 473.370,61 €.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 7 de enero de 2004 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, ni trámite de conclusiones, quedaron los autos pendientes de señalamiento.

CUARTO

Con fecha 3 de abril de dos mil siete se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Gervasio Martín Martín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la Comunidad de Madrid interpuso recurso contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 5 de noviembre de 2003 que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 26 de noviembre de 2002 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid que estimó la reclamación promovida por DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES, S.A., ahora ACTIVIDADES DE CONSSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A. contra el acuerdo del Inspector Jefe de Tributos de la Comunidad de Madrid que acordaba gravar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con una deuda tributaria de 473.370,61 € la operación elevada a escritura pública el 30 de junio de 1995 por la que el...

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