ORDEN FORAL de 15 de julio de 1996, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Promoción Rural, por la que se indican los tramites, plazos y condiciones de las solicitudes de los expedientes de refinanciación de la mejora o transformación en regadío.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 15 de julio de 1996, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Promoción Rural, por la que se indican los tramites, plazos y condiciones de las solicitudes de los expedientes de refinanciación de la mejora o transformación en regadío.Boletín Oficial de Navarra Número 91 - Fecha 29/07/1996

La Disposición Transitoria Primera de la Ley Foral 18/1994, de 9 de diciembre, de Reforma de las Infraestructuras Agrícolas establece la posibilidad de que diversas zonas con actuaciones anteriores a la entrada en vigor de la mencionada norma puedan acogerse a los beneficios establecidos por la misma, en lo referente a la financiación de obras y mejoras territoriales.

Por Decreto Foral 242/1996, de 10 de junio, el Gobierno de Navarra acordaba el procedimiento para la refinanciación de expedientes de mejora y transformación en regadío y en su Disposición Final Primera autoriza al Departamento de Agricultura, Ganadería y Promoción Rural para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del citado Decreto Foral.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1

º Los interesados que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto Foral 242/1996, de 10 de junio, deberán presentar una instancia previa en el plazo máximo de 30 días naturales desde la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, solicitando el estudio correspondiente de las obras para el cálculo de la cantidad neta que le corresponderá abonar a la entidad beneficiaria.

Artículo 2 º Realizado el estudio, el...

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