Tipología de las actuaciones directas de la administración

AutorJorge García-Andrade Gómez
Páginas151-162
CAPÍTULO SÉPTIMO
TIPOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES DIRECTAS
DE LA ADMINISTRACIÓN
Este capítulo pretende ofrecer una tipología de las actuaciones directas de la
Administración más caracterizadas y frecuentes con la nalidad de poder contar con
unas referencias claramente identicadas en su estudio.
I. CONTRATACIÓN PÚBLICA
Los contratos administrativos se encuentran tan pormenorizadamente regu-
lados en los documentos contractuales y su cumplimiento está tan procedimen-
talizado, que la actuación directa de la Administración tiene escaso margen de
aplicación en la vida del contrato. En efecto, la mayor parte de la actuación ad-
ministrativa contractual está predeterminada y constituye mera ejecución de las
cláusulas, pliegos y prescripciones técnicas, generales y particulares, que confor-
man un complejo de gran densidad regulatoria (la libertad de pactos convive con
detalladas previsiones sobre el contenido mínimo de los contratos, de los pliegos y
las prescripciones técnicas, generales y particulares, conforme a los arts. 34, 35y
188 LCSP). Así, por ejemplo, en cuanto a la ejecución de los documentos contrac-
tuales, la revisión periódica de precios de los contratos deberá ejecutarse confor-
me a la fórmula contenida en el pliego de cláusulas administrativas particulares o
en el contrato (art. 103.4 LCSP). También la gura del procedimiento rige buena
parte de la ejecución de los contratos. A través de aquella gura la Administración
puede ejercer las prerrogativas de interpretación, resolución de dudas que ofrezca
su cumplimiento, modicación, resolución y determinación de los efectos de esta
(arts. 189 y 190 LCSP), que no son mera ejecución de las previsiones contractua-
les(art. 191 LCSP).

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