SAP Cáceres 13/2001, 23 de Enero de 2001

PonenteSALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA
ECLIES:APCC:2001:39
Número de Recurso143/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución13/2001
Fecha de Resolución23 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM.- 13/01

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA=

MAGISTRADOS:

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA=

DOÑA MERCEDES SABIDO RODRIGUEZ=

-------------------------------------------------------------------------Rollo de Apelación núm.- 143/00=

Autos núm.- 360/99=

Juzgado de 1ª Instancia núm.- 2 de Plasencia=

===========================================

En la Ciudad de Cáceres a veintitrés de enero de dos mil uno.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio de Menor Cuantía núm.- 360/99, sobre testamentaría, del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 2 de Plasencia, siendo parte apelante, la demandante DOÑA Elisa , representada por el Procurador del Turno de Oficio Srª. González Rodríguez y defendida por el Letrado del Turno de Oficio Sr. Alvarez Encinas; y como parte apelada, los demandados DOÑA Paula , DOÑA María Esther y DOÑA Elvira , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Hernández Lavado y defendido por el Letrado Sr. García Galindo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 2 de Plasencia, en los Autos núm.- 360/99 con fecha 6 de abril de 2000, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: 1.- Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Don Antonio Prieto Calle, en nombre y representación de Doña Elisa contra Doña María Esther y Doña Paula , y contra Doña Elvira debo declarar y declaro:

Que procede la liquidación de gananciales y partición hereditaria del causante Don Jesús Luis .

Declarando que los bienes inventariados y la valoración de los mismos que corresponde e integran la sociedad de gananciales son los descritos en el fundamento jurídico cuarto de la presente resolución, y, en consecuencia la mitad de los mismos, son los bienes que integran el caudal relicto y por tanto el caudal hereditario del fallecido Don Jesús Luis . Debiendo hacerse los lotes correspondientes par la partición de la herencia, entre sus herederos. La formación de lotes deberá llevarse a efectos por contador-partidor que, voluntariamente nombren las interesadas en período de ejecución de la sentencia.

  1. - Que estimando la demanda reconvencional, interpuesta por el Procurador Don Tomás Rico Pérez, en nombre de Doña María Esther y Doña Paula y de Doña Elvira contra Doña Elisa , debo declarar y declaro:

Que la sociedad de gananciales del causante Don Jesús Luis , y su caudal relicto, adeuda a la viuda del mismo, Doña Elvira , la cantidad de 538.246 pta., las cuales deberán entrar a formar parte de la masa común de la herencia y gananciales como deudas de la misma.

No se hace pronunciamiento sobre las costas, ni de la demanda principal, ni de la demanda reconvencional.". (Sic.)

SEGUNDO

Contra referida resolución se interpuso, en tiempo y forma recurso de apelación por la parte demandante, el que fue admitido a trámite y previo emplazamiento de las partes se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos por reparto en esta Sección Primera los autos originales, se formó el Rollo de Sala, se liquidó el término del emplazamiento, se turnaron de ponencia, e instruidas las partes, se señaló día para la vista del recurso el día 17 de enero de 2001, a las 10,45 horas de su mañana, en cuyo acto, por los letrados de las partes, se solicitaron en su informe sus respectivas pretensiones en cuanto a la admisión y denegación del recurso.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los de la sentencia de instancia en tanto no se opongan y contradigan a los que a continuación exponemos.

PRIMERO

La representación de la actora Doña Elisa , hoy apelante, se alza contra la sentencia de instancia en un solo punto relativo a la industria del calzado al por mayor que ejerció el padre de las partes hoy en litigio al llegar a la época de jubilación, cediendo mediante acto lucrativo dicho negocio a su hija Doña Paula . Alega dicha representación que el valor que tal industria representa habrá de agregarse a la masa hereditaria de conformidad a lo dispuesto en...

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