Terrorismo de etiología yihadista en España

AutorDavid Garriga Guitart
Cargo del AutorLicenciado en Criminología
Páginas63-78
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BREVE BIOGRAFÍA DEL AUTOR
David Garriga es Licenciado en Criminología y doctorando en la Universi-
dad de Barcelona. Máster en Mundo Árabe e Islámico y en Prevención y
Análisis del Delito. Analista de terrorismo yihadista, insurrección y Movi-
mientos Radicales. Preside la Asociación Comunidad de Inteligencia y
Seguridad Global (CISEG) y la Chief Academic Off‌icer en NERTOM. En la
actualidad es profesor colaborador en la Universidad de Barcelona y la
Universidad Internacional de Valencia. Ha publicado varias obras relacio-
nadas con la Actuación y Prevención del radicalismo yihadista.
1. INTRODUCCIÓN
Lo que hoy entendemos como terrorismo, originario de «terror», no es
nada nuevo en la historia de las civilizaciones utilizándose ya en 1789, durante
la Revolución Francesa (Furstenberg, 2007).
Denir terrorismo no es tarea fácil debido a la cantidad de perspectivas
y puntos de vista diferentes que existen en el mundo, y por tanto es difícil
llegar a un consenso en su denición. Lo que si podemos considerar como
CAPÍTULO 3
TERRORISMO DE ETIOLOGÍA
YIHADISTA EN ESPAÑA
David Garriga Guitart
Licenciado en Criminología
CRIMINOLOGÍA APLICADA
B. ROMERO FLORES DIRECTORA | A.L. CUERVO GARCÍA, A.M. VINAGRE GONZÁLEZ COORDINADORAS
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elementos centrales para denir el concepto de terrorismo son, por un lado,
que esté presente la utilización o amenaza de uso de la violencia; también
ha de existir una motivación política y nalmente la creación de una presión
psicológica mediante el terror para lograr un propósito determinado (Sánchez,
2013).
2. RADICALIZACIÓN
El concepto de radicalización no siempre va relacionado con el terroris-
mo. Tener conductas o ideas radicales, a día de hoy, no suele ser considerado
delictivo sino va en contra de la legislación o de la voluntad de la persona. Por
eso es importante diferenciar los conceptos de radicalización como el proceso,
radicalización violenta como la ideología y terrorismo, como el acto en si.
Para Schmidt (2013, citado en Trespaderne y Garriga, 2019) el proceso
de radicalización se dene como:
«Un proceso individual o colectivo mediante el cual, generalmente, en una situa-
ción de polarización política, las prácticas normales de diálogo, compromiso y to-
lerancia entre los actores políticos y los grupos con intereses divergentes son aban-
donados por uno o ambos lados en un conicto conjunto a favor de un creciente
compromiso para participar en tácticas de confrontación para librar el conicto.
Estas pueden incluir: (1) el uso de la presión y coacción, (2) distintas formas de
violencia política que no sean terrorismo o (3) actos de extremismo violento en
forma de terrorismo y crímenes de guerra. El proceso de encuentra generalmente,
en el lado de las facciones rebeldes, acompañado de una socialización ideológica
lejos de posiciones de tendencia dominante o status quo, y orientada hacia posi-
ciones más radicales o posiciones extremistas que implican una visión del mundo
dicotómica y la aceptación de un punto focal alternativo de movilización política
fuera del orden político dominante, puesto que el sistema existente ya no es reco-
nocido como apropiado o legítimo» (p. 8).
En consecuencia, radical es aquel individuo que posee ideas intransi-
gentes sin necesariamente emplear la violencia ya que, no todos los individuos
con dichas ideas ejecutarán en un futuro acciones violentas (McCauley &
Moskalenko, 2014).

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