SAP Barcelona, 11 de Mayo de 2000

PonenteRAMON FONCILLAS SOPENA
ECLIES:APB:2000:5930
Número de Recurso794/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA

Dª. NURIA ZAMORA PÉREZ

D. JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a once de mayo de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciséis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía, número 623/1998 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3. de Barcelona , a instancia de SUBADIEZ S.L. representada por la Procuradora Dª. Gloria Ferrer Massanas y dirigida por el Letrado Sr. Lloveras Pujol, contra ESBONART, S.L., BELSIREN S.L., incomparecidas en esta alzada y representadas en los Estrados del Tribunal, y contra AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, representada por el Abogado del Estado, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Subadiez S.L. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de mayo de 1999, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO

. PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por SUBADIEZ, S.A. contra la AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, DELEGACION DE BARCELONA y contra ESBONART, S.L. y BELSIREN S.L., estos dos últimos declarados en rebeldía, debo absolver y absuelvo a los señalados demandados de las pretensiones contra ellos formuladas. Ello con imposición de las costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas Subadiez S.L. y Agencia Estatal de Administración Tributaria, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 3 de mayo de 2000, con el resultado que obra en la precedente diligencia.TERCERO.- En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para centrar adecuadamente el tema del debate conviene hacer un relato histórico de los hechos producidos.

- E1 14 de diciembre de 1.992 la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en adelante AEAT, traba embargo sobre la finca de autos por deudas tributarias de la entidad Esbornat, S.L.

Anteriormente, en fecha 7 de abril de 1.992 Esbornat, S.L. había vendido la finca a Belsirén S.L. mediante escritura pública, lo que dio lugar a que esta entidad interpusiera tercería de dominio, primero administrativa que fue desestimada, y más tarde ante el Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Barcelona, la cual acabó con auto de desistimiento.

- La finca, inscrita en el Registro de la Propiedad a favor de Belsirén, fue objeto de embargo esta ve z por la Tesorería General de la Seguridad Social por deudas generadas por dicha sociedad en el año 1.993, iniciándose vía de apremio administrativo que desembocó en la adjudicación a favor de la ahora tercerista Subadiez...

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