Decreto 56/2002, de 25 de abril, de tercera modificación del Decreto 40/1991, de 4 de abril, de relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

La Ley 30/1999, de 5 de octubre, regula con el carácter de norma básica la selección y provisión de plazas del personal estatutario de los servicios de salud y regula en la disposición adicional decimocuarta la posibilidad de que cada Administración Pública establezca los supuestos y efectos en los que el citado personal pueda prestar servicios en ámbitos del sector público sometidos a un régimen jurídico diferente.

Mediante el Real Decreto 1471/2001, de 27 de diciembre, se produjo el traspaso al Principado de Asturias de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, representando el personal estatutario una elevada proporción sobre el total adscrito a los mismos. Un eficaz aprovechamiento de los servicios que puede prestar este colectivo pasaría inevitablemente por facilitar su acceso a puestos de trabajo del ámbito sanitario que en la actualidad se restringe exclusivamente a personal funcionario a través de la relación de puestos de trabajo. En efecto, la propia Ley 30/1984, de 2 de agosto, así lo prevé en la disposición transitoria cuarta, al establecer la posibilidad de que aquel personal ocupara puestos de trabajo del ámbito sanitario de acuerdo con lo que se determinara en las respectivas relaciones.

En la Administración del Principado de Asturias, el Decreto 40/1991, de 4 de abril, de relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario, establece el régimen de los contenidos que deben tener los puestos que integren las citadas relaciones, por lo que su modificación deviene necesaria al objeto de lograr una utilización racional del personal disponible, consistente la misma en facilitar el acceso del personal estatutario a ciertos puestos de trabajo del ámbito sanitario.

A estos efectos, el artículo segundo, apartado segundo, letra I) de la norma autonómica citada, en combinación con el anexo IV de la misma, determinan las adscripciones de los puestos de trabajo a los distintos cuerpos y escalas existentes en la función pública de la Administración del Principado de Asturias, de modo que cada clave del anexo supone la exclusión de...

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