DECRETO 200/2008, de 30 de septiembre, que modifica el Decreto 61/1997, de 30 de abril, por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2008
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyDecreto

El Decreto 61/1997, de 30 de abril, crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas, como órgano integrado en el Servicio Canario de la Salud, dependiente de la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud, al objeto de elaborar informes y asesorar al Servicio Canario de la Salud en todo lo relacionado con esa materia.

Posteriormente, el Decreto 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías del Gobierno de Canarias, en su Disposición Adicional Décima, modificó el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, creando la Dirección General de Farmacia, como órgano adscrito al mismo, fijando las competencias del citado órgano.

El Decreto 29/2004, de 23 de marzo, por el que se modifica el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, y el Decreto 61/1997, de 30 de abril, por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas, establece en su artículo 2 una nueva redacción de los artículos 1 y 2 del citado Decreto 61/1997, disponiendo que este Comité Asesor será dependiente de la Dirección General de Farmacia, siéndolo antes de la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud, y modificando su composición en relación a la determinación del Presidente y de los vocales.

Desde su creación en 1997, el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas ha venido desempeñando reglamentariamente las funciones que le fueron asignadas.

Sin embargo, la experiencia acumulada a lo largo de estos años y las funciones cada vez más relevantes que están teniendo los profesionales farmacéuticos en la elaboración de las guías farmacoterapéuticas, aconsejan la constitución de equipos multidisciplinares integrados por farmacéuticos en todos aquellos órganos en donde se analicen temas relacionados con la política farmacoeconómica.

De otro lado, el cambio de...

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