Teoría del estado

AutorTasia Aránguez Sánchez
Cargo del AutorCoordinador
Páginas63-89
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CAPÍTULO II
TEORÍA DEL ESTADO
El de la Constitución de 1978 afirma, en su , que
“España se constituye en un ,
que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la
libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”. ¿Qué significa
“Estado social y democrático de Derecho”?
Si descomponemos cada una de las partes del “Estado social y democrá-
tico de derecho”, tenemos que analizar en primer lugar qué es un “Es-
tado” y qué es un . Este último concepto significa
que toda la ciudadanía y los poderes del Estado están
(artículo 9). La sujeción a la ley debe leerse en relación con el artículo
14, que dispone la sin discriminación por razón
de nacimiento, opinión u otros motivos. “Estado de Derecho” también
implica que el Estado reconoce una serie de de la ciudadanía
y garantiza los mismos en su
ejercicio. En este sentido, el artículo 10 de la Constitución indica que la
dignidad de la persona, los derechos que le son inherentes y el respeto a
la ley, son los fundamentos del orden político.
Si seguimos descomponiendo el enunciado, los preguntaremos qué sig-
nifica el término . Este concepto supone que
sociales. El artículo 9 esta-
blece que los poderes públicos deben promover las condiciones para que
sean efectivas la libertad y la igualdad,
. Eso implicará el deber estatal de remover obstáculos y
facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, econó-
mica, cultural y social. En lo concerniente a la propiedad privada, el
Estado social implica que esta debe ser delimitada legalmente y que la
riqueza debe estar subordinada al interés general. El Estado social im-
plica también que el sector público será un agente económico y que, en
particular, el Estado se reservará los recursos y servicios esenciales, pu-
diendo reemplazar a las empresas privadas si es necesario.
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En esta tarea de descomponer el enunciado, seguimos con el “
”, que se refiere a que el poder público basa su legitimidad
en la . Por ello el ejercicio del poder debe
realizarse de modo democrático y los han de expresar
el y posibilitar la en la política. La
ciudadanía debe poder participar en la política de modo directo o por
medio de representantes que serán elegidos/as por medio de elecciones
periódicas y .
El artículo 1 de la Constitución española señala en su que
“La reside en el pueblo español, del que emanan los
poderes del Estado”. La soberanía nacional es un principio central de la
democracia representativa.
Finalmente, el artículo 1 de la Constitución añade en su que
“La forma política del Estado español es la ”.
La monarquía parlamentaria es una forma política en la que la corona
ejerce labores simbólicas de representación, pero no es depositaria de la
soberanía ni ostenta los poderes ejecutivo ni legislativo (ni en solitario
ni de manera compartida con otras instituciones).
En los siguientes epígrafes analizaremos los fundamentos filosóficos del
Estado social y democrático de Derecho.
1. ELEMENTOS DEL ESTADO
Hermann (1983) define el Estado como la “estructura econó-
mica, de , independiente en lo
, con medios de poder propios, que organiza la cooperación
social con base en un orden ”.
Para (1968), el Estado es “una asociación de tipo
que en un determinado trata con éxito de monopolizar
la como instrumento de ”. Según Weber, se
trata de una organización administrativa que amenaza con aplicar la
fuerza dentro de un territorio determinado. Es un poder que puede in-
fluir sobre la conducta de las personas mediante coacción, imponiendo
sanciones en caso de desobediencia.

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