SAP Almería 48/2007, 14 de Febrero de 2007
Ponente | JESUS MARTINEZ ABAD |
ECLI | ES:APAL:2007:161 |
Número de Recurso | 2/2007 |
Número de Resolución | 48/2007 |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 48/07
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ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE:
Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ
MAGISTRADOS:
D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD
Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID
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En Almería a Catorce de Febrero de dos mil siete.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, rollo nº 2/07, el Procedimiento Abreviado nº 609/06, procedente del Juzgado de Lo Penal nº 3 de Almería por DELITOS DE ROBO CON VIOLENCIA en grado de tentativa y FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO OFICIAL siendo apelante el acusado Luis Alberto cuyas circunstancias personales constan en la sentencia impugnada representado por el Procurador D. ERNESTO SORIA ESTEVAN y defendido por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER BRETONES ALCARAZ, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD.
Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámite y antecedentes del procedimiento.
Por la Sra. Juez del Juzgado de Lo Penal nº 3 de Almería, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 29 de Noviembre de 2006, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:
"Apreciando en conciencia la prueba practicada expresa y terminantemente se declara probado que sobre las 8.30 horas del día 30/07/2006 el acusado Luis Alberto, mayor de edad con antecedentes penales no computables en la presente causa, en la Calle Braulio Moreno de esta ciudad, abordó a Marta, quien por allí transitaba y de un fuerte tirón le arrebató el bolso que portaba colgando del brazo, siendo retenido el acusado en las inmediaciones del lugar por un viandante que acudió ante los gritos de auxilio de la víctima hasta la llegada de los efectivos policiales que procedieron a la detención del acusado y a la restitución de los efectos sustraídos a su propietaria.
Los agentes que procedieron a la detención ocuparon en poder del acusado un pasaporte español nº NUM000 a nombre de Darío manipulado, documento original que el propio acusado o un tercero no identificado a instancia de éste había alterado previamente, procediendo a despegar parte del plástico del documento que cubre los datos biográficos y a sustituir la foto original por otra del acusado.
El acusado carece de permiso de residencia legal en España".
Dicha Sentencia contiene el siguiente Fallo:
"Que debo CONDENAR Y CONDENO a Luis Alberto, como responsable en concepto de autor, A) DELITO ROBO CON VIOLENCIA en grado de tentativa Y B) DELITO DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO OFICIAL, ya definidos, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena: por el delito A) 1 AÑO Y 6 MESES DE PRISIÓN, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; acordando la sustitución de la pena privativa de libertad impuesta por la expulsión del territorio nacional por un periodo de 10 años contados desde la fecha de su expulsión, y por el delito B) las penas de 1 AÑO DE PRISIÓN con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 8 meses con cuota diaria de 12 € o responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de conformidad con lo establecido en el art. 53 del Código Penal y acuerdo la sustitución de la pena privativa de...
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