ORDEN ECF/359/2004, de 27 de septiembre, por la que se da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalidad de Cataluña y del Departamento de Economía y Finanzas.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/359/2004, de 27 de septiembre, por la que se da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalidad de Cataluña y del Departamento de Economía y Finanzas.

El régimen jurídico de las tasas y los precios públicos de la Generalidad de Cataluña está constituido por la Ley 15/1997, de 24 de diciembre. Esta norma ha sido objeto de modificación en numerosas ocasiones, principalmente mediante las leyes de medidas fiscales y administrativas y también por las leyes de presupuestos a través de las cuales se han incrementado en varias ocasiones, las tasas de cuantía fija. Todas estas modificaciones, tanto sustantivas como de cuantía, pueden generar una cierta inseguridad que debe corregirse. En este sentido, un primer paso se dio en la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, que estableció la obligación para todos los departamentos de la Generalidad de publicar durante el primer trimestre de 2002, una relación de las tasas con sus importes convertidos en euros.

Siguiendo esta misma línea, el legislador en la disposición adicional segunda de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas ordena que durante el primer trimestre de 2003, cada uno de los departamentos de la Generalidad publique en el DOGC mediante una orden del consejero o consejera competente, y sólo a efectos informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionen, en que se identifiquen los servicios y las actividades que devenguen cada una de ellas y la correspondiente cuota.

Este año, la Ley 7/2004, de 16 de julio, en la disposición final cuarta, ha reiterado el mandato dirigido a los departamentos de la Generalidad, al que esta Orden da cumplimiento, y ha establecido un plazo de dos meses, a contar de su entrada en vigor, para la publicación informativa de las tasas.

Por otra parte, debe tenerse en cuenta que el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2004, prevé una actualización de las tasas de cuantía fija del 3% respecto de la exigida el año 2003.

Por todo esto, y de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Dar publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalidad de Cataluña y del Departamento de Economía y Finanzas, que se especifican en el anexo de esta Orden.

Barcelona, 27 de septiembre de 2004

Antoni Castells

Consejero de Economía y Finanzas

Anexo

Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la...

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