SAP Madrid 300/2008, 22 de Abril de 2008
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 300/2008 |
Fecha | 22 Abril 2008 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00300/2008
ROLLO Nº: 825/06
JUZGADO DE 1ª. INSTANCIA Nº.57 DE MADRID
AUTOS: 250/06 (INCIDENTES)
DEMANDANTE/APELANTE: INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID
LETRADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
DEMANDADA/APELADO: AZVI, S.A.
PROCURADORA: JAVIER CERECEDA FERNANDEZ-ORUÑA
PONENTE: ILMA. SRA. DÑA. MARGARITA OREJAS VALDÉS.
SENTENCIA Nº. 300/08
Ilmos. Sres. Magistrados:
DÑA. MARIA JESUS ALIA RAMOS
D. FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO
DÑA. MARGARITA OREJAS VALDÉS
En MADRID, a veintidós de abril de dos mil ocho.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección duodécima de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de Procedimiento de INCIDENTES 250/06, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº.57 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 825/2006, seguido entre partes, de una como demandante-apelante INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA) representada por el LETRADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y de otra como demandada-apelada AZVI, S.A. representada por el procurador D. FRANCISCO JAVIER CERECEDA FERNANDEZ-ORUÑA, sobre IMPUGNACIÓN DE TASACIÓN DE COSTAS POR INDEBIDAS Y DE LA LIQUIDACIÓN DE INTERESES, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARGARITA OREJAS VALDÉS.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº. 57 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 28 DE JULIO DE DOS MIL SEIS, cuya parte dispositiva dice: "Debo DESESTIMAR la impugnación formulada por el letrado de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación del INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID, declarando debidas las costas en la ejecución provisional, ascendentes a la suma de 48.478,11 Euros, así como aprobar íntegramente la liquidación de intereses devengados por un total de 14.310,87 Euros". Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal de INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID se interpuso recurso de apelación, que fue admitido, dándose traslado a la parte contraria que se opuso, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio y testimonio de los autos ETJ 1214/2004 del que dimana el presente incidente a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 15 DE ABRIL, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada que deben entenderse completados con los de esta resolución judicial.
La representación procesal del Instituto para la Vivienda de Madrid interpone recurso de apelación frente a la Sentencia de 28 de julio de 2006, del Juzgado de 1ª Instancia nº 57 de Madrid en el procedimiento nº 250/2006, sobre impugnación de la tasación de costas practicada el 31 de enero de 2006 por el Sr. Secretario judicial. Alega infracción de doctrina jurisprudencial e infracción de la Ley 9/1990 de 8 de noviembre reguladora de la Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid, por entender que son indebidas las costas de la ejecución provisional, y la liquidación de intereses devengados, presentada por la contraparte.
La representación procesal de AZVI, S.A., se opuso al recurso solicitando la confirmación de la sentencia apelada.
Por Sentencia de fecha 31 de julio de 2006 fue aprobada la tasación de costas y la liquidación de intereses en el procedimiento 1214/2004 del que dimana el presente incidente y que fue impugnada por...
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