STSJ Comunidad de Madrid 1193/2007, 3 de Julio de 2007
Ponente | SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO |
ECLI | ES:TSJM:2007:9841 |
Número de Recurso | 1418/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1193/2007 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 01193/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
Sala de lo Contencioso Administrativo
Sección 2ª
Recurso nº 1.418/2.002
Registro General nº
SENTENCIA Nº 1.193
ILMO.. SRES.
PRESIDENTE:
D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ
MAGISTRADOS:
D. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO
En la Villa de Madrid, a tres de julio del año dos mil siete.
Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso-administrativo nº 1.418/2.002, promovido por la Asociación Profesional de Comerciantes del Mercado de Villaverde Alto, representada por el Procurador D. Miguel Torres Álvarez, y asistida por el Letrado D. Pablo J. Aparicio Gago, contra el Decreto del Quinto Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior, de fecha 23 de noviembre de 2.001, por el que se desestimaba el recurso de reposición contra el Decreto de la misma autoridad de fecha 29 de mayo de 2.001, por el que en vista de la solicitud formulada por HIBE, S.A. concesionaria del mercado de Villaverde Alto, se aprobaba un incremento del 6% de las tarifas del citado mercado de Villaverde Alto; habiendo sido representada la Administración demandada por el Procurador D. José María de Mesa González, y asistida por el Letrado Consistorial; habiendo comparecido como codemandado HIBE, S.A., representado por el Procurador D. Manuel Álvarez-Buylla y Ballesteros.
A través del presente recurso contencioso administrativo se impugna el Decreto del Quinto Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior, de fecha 23 de noviembre de 2.001, por el que se desestimaba el recurso de reposición contra el Decreto de la misma autoridad de fecha 29 de mayo de 2.001, por el que en vista de la solicitud formulada por HIBE, S.A. concesionaria del mercado de Villaverde Alto, se aprobaba un incremento del 6% de de las tarifas del citado mercado de Villaverde Alto.
Interpuesto recurso contencioso administrativo ante este Tribunal Superior de Justicia, después de admitido a trámite, reclamado el expediente administrativo y publicado el anuncio de interposición, se dio traslado al recurrente para que formalizara la demanda, habiendo solicitando en el suplico la estimación del recurso, y por medio de otrosí el recibimiento del presente recurso a prueba.
Presentada la demanda se dio traslado de la misma a la Administración demandada con entrega del expediente administrativo para que contestara la demanda y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a derecho.
Contestada la demanda y habiéndose solicitado el recibimiento del juicio a prueba, por auto de fecha 21 de abril de 2.004, se acordó recibir a prueba el presente recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la L.J.C.A..
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el plazo de 10 días para concluir por escrito, lo que consta realizado, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
Para la votación y fallo del presente proceso se señalo el día tres de julio del año dos mil siete, en que, efectivamente, se votó y falló.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente la Illa. Sra. Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO, quien expresa el parecer de la Sección.
El presente recurso contencioso administrativo se dirige contra el Decreto del Quinto Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior, de fecha 23 de noviembre de 2.001, por el que se desestimaba el recurso de reposición contra el Decreto de la misma autoridad de fecha 29 de mayo de 2.001, por el que en vista de la solicitud formulada por HIBE, S.A. concesionaria del mercado de Villaverde Alto, se aprobaba un incremento del 6% de de las tarifas del citado mercado de Villaverde Alto.
Pretende el recurrente la anulación de la resolución recurrida por cuanto, a su juicio es contraria a derecho, aduciendo en apoyo de dicha pretensión y en esencia, los siguientes argumentos:
-
-Que debe...
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