STSJ Comunidad de Madrid 1193/2007, 3 de Julio de 2007

PonenteSANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
ECLIES:TSJM:2007:9841
Número de Recurso1418/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1193/2007
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 01193/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

Sala de lo Contencioso Administrativo

Sección 2ª

Recurso nº 1.418/2.002

Registro General nº

SENTENCIA Nº 1.193

ILMO.. SRES.

PRESIDENTE:

D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ

MAGISTRADOS:

D. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS

Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO

En la Villa de Madrid, a tres de julio del año dos mil siete.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso-administrativo nº 1.418/2.002, promovido por la Asociación Profesional de Comerciantes del Mercado de Villaverde Alto, representada por el Procurador D. Miguel Torres Álvarez, y asistida por el Letrado D. Pablo J. Aparicio Gago, contra el Decreto del Quinto Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior, de fecha 23 de noviembre de 2.001, por el que se desestimaba el recurso de reposición contra el Decreto de la misma autoridad de fecha 29 de mayo de 2.001, por el que en vista de la solicitud formulada por HIBE, S.A. concesionaria del mercado de Villaverde Alto, se aprobaba un incremento del 6% de las tarifas del citado mercado de Villaverde Alto; habiendo sido representada la Administración demandada por el Procurador D. José María de Mesa González, y asistida por el Letrado Consistorial; habiendo comparecido como codemandado HIBE, S.A., representado por el Procurador D. Manuel Álvarez-Buylla y Ballesteros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

A través del presente recurso contencioso administrativo se impugna el Decreto del Quinto Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior, de fecha 23 de noviembre de 2.001, por el que se desestimaba el recurso de reposición contra el Decreto de la misma autoridad de fecha 29 de mayo de 2.001, por el que en vista de la solicitud formulada por HIBE, S.A. concesionaria del mercado de Villaverde Alto, se aprobaba un incremento del 6% de de las tarifas del citado mercado de Villaverde Alto.

SEGUNDO

Interpuesto recurso contencioso administrativo ante este Tribunal Superior de Justicia, después de admitido a trámite, reclamado el expediente administrativo y publicado el anuncio de interposición, se dio traslado al recurrente para que formalizara la demanda, habiendo solicitando en el suplico la estimación del recurso, y por medio de otrosí el recibimiento del presente recurso a prueba.

TERCERO

Presentada la demanda se dio traslado de la misma a la Administración demandada con entrega del expediente administrativo para que contestara la demanda y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a derecho.

CUARTO

Contestada la demanda y habiéndose solicitado el recibimiento del juicio a prueba, por auto de fecha 21 de abril de 2.004, se acordó recibir a prueba el presente recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la L.J.C.A..

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el plazo de 10 días para concluir por escrito, lo que consta realizado, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

QUINTO

Para la votación y fallo del presente proceso se señalo el día tres de julio del año dos mil siete, en que, efectivamente, se votó y falló.

SEXTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente la Illa. Sra. Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se dirige contra el Decreto del Quinto Teniente de Alcalde, responsable de la Rama de Hacienda, Personal y Régimen Interior, de fecha 23 de noviembre de 2.001, por el que se desestimaba el recurso de reposición contra el Decreto de la misma autoridad de fecha 29 de mayo de 2.001, por el que en vista de la solicitud formulada por HIBE, S.A. concesionaria del mercado de Villaverde Alto, se aprobaba un incremento del 6% de de las tarifas del citado mercado de Villaverde Alto.

SEGUNDO

Pretende el recurrente la anulación de la resolución recurrida por cuanto, a su juicio es contraria a derecho, aduciendo en apoyo de dicha pretensión y en esencia, los siguientes argumentos:

  1. -Que debe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR