DECRETO 244/2008, de 23 de diciembre, por el que se dispone la suspensión, para ámbito territorial concreto, de las determinaciones del Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura y el Plan General de Ordenación de Puerto del Rosario, y se aprueban las normas sustantivas transitorias de ordenación, con el fin de legitimar la producción de energía eléctrica térmica en la parcela donde se ubica la Central Diesel de Las Salinas.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Enero de 2009
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial
Rango de LeyDecreto

La cobertura de la demanda en los sistemas eléctricos en la isla de Fuerteventura se encuentra actualmente en una situación de riesgo, a la cual se ha llegado, entre otros factores, por la paralización del procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto denominado "Instalación de dos grupos Diesel 2x19 mw y correspondiente al equipo auxiliar, denominados grupos 8 y 9 en la Central Diesel Las Salinas", promovido por la entidad Unión Eléctrica de Canarias Generación, S.A.U.

La causa del archivo del citado procedimiento se encuentra en la incompatibilidad de los citados grupos diésel 8 y 9 de la Central con la ordenación vigente en el municipio, existiendo por tal motivo informe desfavorable del Ayuntamiento de Puerto del Rosario. Dicha situación provocará la paralización del funcionamiento de los grupos diésel 8 y 9, lo cual agravaría aun más un riesgo de déficit de cobertura que ya es apreciable, registrándose diariamente tensiones muy por debajo de los límites establecidos en los procedimientos de operación y valores muy próximos al límite operativo de los transformadores de distribución.

La Consejería de Empleo, Industria y Comercio ha instado la suspensión de las determinaciones de ordenación que inciden sobre el ámbito territorial concreto afectado por las instalaciones descritas, las cuales entran en contradicción con el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura y el Plan General de Ordenación de Puerto del Rosario.

Concretamente, el artículo 57 del Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura, aprobado definitivamente y de forma parcial por Decreto 100/2001, de 2 de abril, completado por el Decreto 159/2001, sobre subsanación de las deficiencias no sustanciales, y por el Decreto 55/2003, de 30 de abril, por el que se aprueban definitivamente las determinaciones...

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